B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240530-19)
Nombramiento –  Orden 936/2024, de 17 de mayo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establecen las Comisiones Sectoriales del Consejo de Cultura de la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 128

JUEVES 30 DE MAYO DE 2024

Pág. 93

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
19

ORDEN 936/2024, de 17 de mayo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establecen las Comisiones Sectoriales del Consejo de Cultura de la Comunidad de Madrid.

El artículo 4.d) de la Ley 6/1992, de 15 de julio, de Creación del Consejo de Cultura
de la Comunidad de Madrid, y los artículos 16 y siguientes de su Reglamento, prevén la
existencia de las Comisiones Sectoriales como órganos de trabajo del mismo.
El Pleno del Consejo de Cultura, en su reunión de 30 de enero de 2024, aprobó la creación de las Comisiones Sectoriales siguientes:
— Comisión de Archivos, Bibliotecas y del Libro.
— Comisión de Artes Plásticas.
— Comisión de Artes Escénicas y Circenses.
— Comisión de Música.
— Comisión de Cine y Audiovisual.
— Comisión de Entidades Locales y Entidades sin ánimo de lucro.
En dicha reunión, se acordó quién ostentaría la presidencia de las Comisiones Sectoriales y quién ejercería las funciones de secretario. Asimismo, se acordó el quórum necesario
para su válida constitución, a efectos de la celebración de sesiones de trabajo, y el régimen
de convocatoria de las mismas.
Por todo lo dicho, una vez concluidas las consultas realizadas con las entidades que
forman parte del Consejo de Cultura a fin de actualizar la relación de miembros que formarán parte de cada una de las Comisiones sectoriales anteriormente citadas, y en uso de las
atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes,
DISPONGO
Artículo 1
Presidencia de las Comisiones Sectoriales del Consejo de Cultura
de la Comunidad de Madrid
La Presidencia de las Comisiones Sectoriales del Consejo de Cultura la ostentarán los
titulares de las Direcciones Generales competentes por razón de la materia, que podrán delegar en los titulares de las Subdirecciones Generales adscritas a la correspondiente Dirección General.
Artículo 2
Secretaría de las Comisiones Sectoriales del Consejo de Cultura
de la Comunidad de Madrid
El Secretario de las Comisiones Sectoriales será un funcionario adscrito a las Direcciones Generales competentes por razón de la materia.

Designación de componentes de las Comisiones Sectoriales
del Consejo de Cultura de la Comunidad de Madrid
Quedan designados como componentes de las Comisiones Sectoriales del Consejo de
Cultura de la Comunidad de Madrid los siguientes.

BOCM-20240530-19

Artículo 3