C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240529-14)
Crédito presupuestario subvenciones – Orden de 29 de abril de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se declara el crédito presupuestario disponible para financiar la concesión directa, durante el año 2024, de subvenciones para atender el pago de las becas a las personas desempleadas participantes en las acciones formativas conducentes a certificados de profesionalidad con prácticas profesionales no laborales asociadas, cofinanciadas al 100 por 100 por el Programa Operativo FSE 2014-2020 de la Comunidad de Madrid, dentro del eje REACT-UE, Prioridad de Inversión R.1, Objetivo Específico R.1.1.
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BOCM
Pág. 38
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 29 DE MAYO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 127
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
ORDEN de 29 de abril de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se declara el crédito presupuestario disponible para financiar la
concesión directa, durante el año 2024, de subvenciones para atender el pago de
las becas a las personas desempleadas participantes en las acciones formativas
conducentes a certificados de profesionalidad con prácticas profesionales no laborales asociadas, cofinanciadas al 100 por 100 por el Programa Operativo
FSE 2014-2020 de la Comunidad de Madrid, dentro del eje REACT-UE, Prioridad de Inversión R.1, Objetivo Específico R.1.1.
Por Orden de fecha 23 de septiembre de 2021 de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, se establecieron las disposiciones generales reguladoras de la concesión de
subvenciones para financiar las acciones formativas conducentes a certificados de profesionalidad con prácticas profesionales no laborales asociadas, dirigidas a personas desempleadas, cofinanciadas al 100 % por el Programa Operativo FSE 2014-2020 de la Comunidad
de Madrid, dentro del eje REACT-UE, Prioridad de Inversión R.1, Objetivo Específico
R.1.1, y se estableció el procedimiento de concesión directa de subvenciones para atender
el pago de las becas que se pudieren reconocer a los participantes en el itinerario específico de formación y prácticas profesionales no laborales asociadas.
Estas becas se otorgan por el procedimiento de concesión directa, según lo establecido en el artículo 25 del Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional por el Empleo en el ámbito laboral, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 6.5.d) de dicha ley, que refiere que
“ la concesión directa de subvenciones se aplicará a las becas, ayudas de transporte, manutención y alojamiento y ayudas que permitan conciliar la asistencia a la formación con el
cuidado de hijos menores de 6 años o de familiares dependientes, que se concedan a los desempleados que participen en las acciones formativas y, en su caso, a la compensación económica a empresas por la realización de las prácticas profesionales no laborales, siempre y
cuando concurra la excepcionalidad contemplada en el artículo 22.2 de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones”. Todo ello en relación con el artículo 4.5.b) de la
Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, que preceptúa
este procedimiento de concesión para “aquellas cuyo otorgamiento o cuantía vengan impuestos por normas de rango legal”.
Por Orden de 4 de noviembre de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, se convocan subvenciones para financiar, en los años 2021 y 2022, las acciones formativas conducentes a certificados de profesionalidad con prácticas profesionales no laborales asociadas, dirigidas a personas desempleadas, cofinanciadas al 100 por 100 por el
programa operativo FSE 2014-2020 de la Comunidad de Madrid, dentro del eje REACTUE, Prioridad de Inversión R.1, objetivo específico R.1.1.
Mediante la Orden de 23 de noviembre de 2022, de tramitación anticipada, se declara
el crédito presupuestario disponible para financiar la concesión directa durante el año 2023
de subvenciones para atender el pago de las becas a las personas desempleadas participantes en las acciones formativas conducentes a certificados de profesionalidad con prácticas
profesionales no laborales asociadas, dirigidas a personas desempleadas, cofinanciadas
al 100 por 100 por el programa operativo FSE 2014-2020 de la Comunidad de Madrid, dentro del eje REACT-UE, prioridad de inversión R.1, objetivo específico R.1.1.
Según con lo dispuesto en el artículo 4.5.1º de La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, “el órgano concedente deberá publicar la declaración de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de contenido
económico que se deriven de su concesión, previa la tramitación del expediente de gasto
que corresponda, iniciándose el procedimiento con la solicitud de los interesados, que deberán entenderla desestimada por el transcurso del plazo fijado para resolver”.
En consecuencia y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4.5.c) de la
Ley 2/1995, de 8 de marzo, en lo que se refiere a la declaración de los créditos presupues-
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Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
ORDEN de 29 de abril de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se declara el crédito presupuestario disponible para financiar la
concesión directa, durante el año 2024, de subvenciones para atender el pago de
las becas a las personas desempleadas participantes en las acciones formativas
conducentes a certificados de profesionalidad con prácticas profesionales no laborales asociadas, cofinanciadas al 100 por 100 por el Programa Operativo
FSE 2014-2020 de la Comunidad de Madrid, dentro del eje REACT-UE, Prioridad de Inversión R.1, Objetivo Específico R.1.1.
Por Orden de fecha 23 de septiembre de 2021 de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, se establecieron las disposiciones generales reguladoras de la concesión de
subvenciones para financiar las acciones formativas conducentes a certificados de profesionalidad con prácticas profesionales no laborales asociadas, dirigidas a personas desempleadas, cofinanciadas al 100 % por el Programa Operativo FSE 2014-2020 de la Comunidad
de Madrid, dentro del eje REACT-UE, Prioridad de Inversión R.1, Objetivo Específico
R.1.1, y se estableció el procedimiento de concesión directa de subvenciones para atender
el pago de las becas que se pudieren reconocer a los participantes en el itinerario específico de formación y prácticas profesionales no laborales asociadas.
Estas becas se otorgan por el procedimiento de concesión directa, según lo establecido en el artículo 25 del Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional por el Empleo en el ámbito laboral, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 6.5.d) de dicha ley, que refiere que
“ la concesión directa de subvenciones se aplicará a las becas, ayudas de transporte, manutención y alojamiento y ayudas que permitan conciliar la asistencia a la formación con el
cuidado de hijos menores de 6 años o de familiares dependientes, que se concedan a los desempleados que participen en las acciones formativas y, en su caso, a la compensación económica a empresas por la realización de las prácticas profesionales no laborales, siempre y
cuando concurra la excepcionalidad contemplada en el artículo 22.2 de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones”. Todo ello en relación con el artículo 4.5.b) de la
Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, que preceptúa
este procedimiento de concesión para “aquellas cuyo otorgamiento o cuantía vengan impuestos por normas de rango legal”.
Por Orden de 4 de noviembre de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, se convocan subvenciones para financiar, en los años 2021 y 2022, las acciones formativas conducentes a certificados de profesionalidad con prácticas profesionales no laborales asociadas, dirigidas a personas desempleadas, cofinanciadas al 100 por 100 por el
programa operativo FSE 2014-2020 de la Comunidad de Madrid, dentro del eje REACTUE, Prioridad de Inversión R.1, objetivo específico R.1.1.
Mediante la Orden de 23 de noviembre de 2022, de tramitación anticipada, se declara
el crédito presupuestario disponible para financiar la concesión directa durante el año 2023
de subvenciones para atender el pago de las becas a las personas desempleadas participantes en las acciones formativas conducentes a certificados de profesionalidad con prácticas
profesionales no laborales asociadas, dirigidas a personas desempleadas, cofinanciadas
al 100 por 100 por el programa operativo FSE 2014-2020 de la Comunidad de Madrid, dentro del eje REACT-UE, prioridad de inversión R.1, objetivo específico R.1.1.
Según con lo dispuesto en el artículo 4.5.1º de La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, “el órgano concedente deberá publicar la declaración de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de contenido
económico que se deriven de su concesión, previa la tramitación del expediente de gasto
que corresponda, iniciándose el procedimiento con la solicitud de los interesados, que deberán entenderla desestimada por el transcurso del plazo fijado para resolver”.
En consecuencia y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4.5.c) de la
Ley 2/1995, de 8 de marzo, en lo que se refiere a la declaración de los créditos presupues-
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