D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240529-46)
Convenio –  Convenio de 16 de mayo de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación de Golf de Madrid, para la colaboración en la utilización de espacios deportivos en el “Parque Deportivo Puerta de Hierro”, situado en el “Monte de El Pardo”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 127

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 29 DE MAYO DE 2024

Pág. 129

Tercera
Compromisos de la Federación
Conforme al presente convenio la Federación se compromete a:
a) Definir los objetivos y los programas deportivos que desarrollará la Federación
mediante la utilización de las edificaciones y espacios deportivos previstos en la
cláusula segunda.
b) Colaborar con la Dirección General de Deportes en la ejecución de programas deportivos que esta determine mediante su apoyo logístico y técnico. La valoración
de este servicio será de un máximo de 10.000 euros, anuales, durante el período
de validez del presente convenio.
c) Dar cuenta a la Comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del
convenio de las actividades, los programas de trabajo y los proyectos de participación deportiva desarrollados por la Federación en las instalaciones a través de
una memoria anual.
d) Elaborar y remitir a la Dirección General de Deportes la programación deportiva
por temporada con las fechas y usos previstos para las instalaciones.
e) Elaborar y remitir a la Dirección General de Deportes un informe por temporada
deportiva detallado sobre las actividades deportivas y usos realizados en las edificaciones y espacios deportivos.
f) Utilizar adecuadamente las edificaciones y espacios deportivos incluidos en el
presente convenio y destinar los mismos a sus fines propios como son el establecimiento de la sede de la Federación en el local de oficinas y los usos deportivos
propios del golf, quedando totalmente prohibidas la cesión o subarriendo total o
parcial de las instalaciones.
g) Mantener en perfectas condiciones de uso todas las edificaciones y espacios deportivos incluidos en el convenio, siendo responsable frente a la Comunidad de
Madrid de los daños o deterioros que pudieran sufrir, aun cuando tengan su origen
en la actuación de terceros; comprometiéndose, igualmente, a entregar a aquella
en perfecto estado de uso todas las edificaciones y espacios deportivos previstos
en el presente convenio a la finalización de la vigencia del mismo.
h) Ejecutar y abonar las reparaciones que se precisen que puedan derivarse del mal
uso de las edificaciones y espacios deportivos.
i) Solicitar la autorización expresa de la Dirección General de Deportes para la realización de cualquier modificación o reforma de las edificaciones y espacios deportivos, sin la cual no podrán llevarse a cabo.
j) Realizar las inversiones necesarias en las edificaciones y espacios deportivos que
se acuerden en la Comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución
del convenio. Estas inversiones podrán ser imputadas al canon anual siempre y
cuando se solicite previamente a dicha Comisión y se cuente con la aprobación de
la Dirección General de Deportes.

BOCM-20240529-46

Segunda
Edificaciones y espacios deportivos
Las edificaciones y espacios deportivos incluidos en el ámbito del convenio son:
a) Edificaciones:
1.o Local de oficinas de 248 m2 situado en uno de los edificios del “Parque Deportivo Puerta de Hierro”. Este local se desarrolla todo en planta baja, y consta de doble vestíbulo de entrada con acceso a aseos y almacén, sala diáfana
(con espacio para varios puestos de trabajo) y seis despachos, uno de ellos con
espacio para sala de reuniones.
2.o Edificio de 208 m2 situado junto al acceso a los espacios deportivos.
b) Espacios deportivos:
1.o Campo de prácticas anexo al edificio de 208 m2_ Putting Green II.
2.o Campo de prácticas delante de la primera marquesina limitando con el camino de acceso al camino de Golf _ Putting Green I.
3.o Cancha de prácticas situada entre las dos marquesinas.
4.o Dos marquesinas para prácticas: una de ellas a una sola altura en el fondo del
Campo y otra a dos alturas.
5.o Campo de Golf de 9 hoyos desdoblado a 18 hoyos (Pitch and putt).