C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240529-16)
Centros de educación infantil –  Orden 2238/2024, de 14 de mayo, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba el traslado de edificio y la ampliación de unidades de primer ciclo de Educación Infantil en la Escuela Infantil Talín de Majadahonda y en la Casa de Niños de Valdetorres de Jarama, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 127

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 29 DE MAYO DE 2024

Pág. 43

pondrá una oferta de 58 plazas para niños menores de 3 años en los municipios de
Majadahonda y de Valdetorres de Jarama.
De acuerdo con el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, modificado por el Decreto 28/2024, de 24 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades,
DISPONGO
Primero
Traslado y ampliación de centros
Aprobar el traslado de edificio y la ampliación de unidades de primer ciclo de Educación Infantil en los centros incluidos en el Anexo I a partir del curso 2024-2025.
Segundo
Cumplimiento de la normativa correspondiente al Mecanismo de Recuperación
y Resiliencia (MRR) de la Unión Europea

Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Educación, por
la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 25 de noviembre
de 2021, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial de los créditos destinados al Programa de impulso de escolarización en el primer ciclo de Educación Infantil,
en el marco del componente 21 del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Resolución de 28 de diciembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Educación, por
la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 13 de diciembre de 2022, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios
de reparto de los créditos gestionados por Comunidades Autónomas destinados al Programa de impulso de escolarización en el primer ciclo de educación infantil, prioritariamente para niñas y niños de 1 y 2 años, con nuevas plazas de titularidad pública, en el
ejercicio presupuestario 2022, en el marco del componente 21 “modernización y digitalización del sistema educativo, incluida la educación temprana de 0-3 años” del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Orden HFP55/2023 de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Resolución de 19 de diciembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Educación, por
la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 13 de diciembre
de 2023, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por Comunidades Autónomas destinados al Programa de
impulso de escolarización en el primer ciclo de educación infantil, prioritariamente para niñas y niños de 1 y 2 años, con nuevas plazas de titularidad pública, en el ejercicio presupuestario 2023, en el marco del componente 21 “Modernización y digitalización del sistema educativo, incluida la educación temprana de 0-3 años” del Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia.
2. En aplicación de la citada normativa se adoptarán las medidas dirigidas a la prevención del fraude, la inexistencia de conflictos de intereses, evitar la doble financiación,
respeto del principio de DNSH y aseguramiento de la regularidad del gasto subyacente.
Además, se cumplirá el compromiso de mantener un registro y conservar los documentos
justificativos, los datos estadísticos y demás documentación concerniente a la financiación,
así como los registros y documentos en formato electrónico, durante un período de cinco
años a partir del pago del saldo o, a falta de dicho pago, de la operación. Se llevarán a cabo,
asimismo, las acciones destinadas a publicitar, comunicar y difundir que las actuaciones incluidas en la presente orden son financiadas con los fondos del Programa de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.

BOCM-20240529-16

1. En la gestión y puesta en marcha de las actuaciones derivadas de la aplicación de
la presente orden se aplicará la normativa correspondiente al Mecanismo de Recuperación
y Resiliencia (MRR) de la Unión Europea y, en particular: