Madrid (BOCM-20240528-37)
Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Plan especial
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 126

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 28 DE MAYO DE 2024

Pág. 97

neral de Ordenación Urbana de Madrid de 1997, de conformidad con los objetivos y limitaciones previstos en los artículos 4.3.8, 4.10.4, 4.10.5 y 4.10.6.
Art. 3. Condiciones generales de la parcela y la edificación.—1. El Plan General
de Ordenación Urbana de Madrid de 1997 clasifica la parcela, ámbito del presente Plan Especial, como Suelo Urbano regulado por la Norma Zonal (en adelante, NZ) 3 “Volumetría
Específica”, grado 1.o, nivel de usos D según el Plano de Ordenación (O-66/6).
2. El edificio está protegido con nivel 1 grado integral y número de catálogo 12433.
3. La parcela se encuentra ubicada en el Área de Planeamiento Específico del Centro Histórico (APE 00.01) del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997.
4. Según el Catálogo Geográfico de Bienes Inmuebles del Patrimonio Histórico de
la Comunidad de Madrid, la parcela está incluida como:
a) Bien de Interés Cultural del Conjunto Histórico “Recinto de la Villa de Madrid”
según Decreto 41/1995, de 27 de abril.
b) Entorno de Bien de Interés Cultural en la categoría de Monumento “Beti Jai” frontón, según Decreto 6/2011 de 27 de enero (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID de 9 de febrero de 2011).
Capítulo 2
Condiciones relativas a las obras y a los usos
2.1. Condiciones relativas a las obras.
Art. 4. Régimen general de obras.—El régimen de obras será el permitido por la Norma Zonal 3 grado 1.o nivel D en el Plan General de Ordenación Urbana de 1997 y de acuerdo al nivel y grado de protección del edificio.
Art. 5. Régimen de obras autorizado por el PE.—En virtud de los artículos 4.10.4,
4.10.5 y 4.10.6 de las Normas Urbanísticas se autoriza expresamente en este Plan Especial
un régimen de obras ampliado para obras de demolición de la escalera de servicio, en la parte posterior de la parcela para posterior instalación de un ascensor que desembarca en la
azotea del edificio con reconfiguración puntual de la cubierta.
2.2. Condiciones relativas a los usos.
Art. 6. Condiciones relativas a los usos.—El uso cualificado de la parcela es el residencial. Este Plan Especial no modifica el régimen de usos vigente.
Capítulo 3
Otras condiciones

Capítulo 4
Vigencia
Art. 9. Vigencia del Plan Especial.—La vigencia del presente Plan Especial es indefinida entrando en vigor a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

BOCM-20240528-37

Art. 7. Condiciones vinculantes y no vinculantes.—1. El régimen de obras que se
autoriza expresamente con el presente Plan Especial es vinculante.
2. El resto de las obras que se mencionan en el mismo, si bien son necesarias para
comprender la propuesta de manera unitaria, serán objeto de autorización en el correspondiente expediente de licencia urbanística teniendo en cuenta que se regulan por las normas
que con carácter general se definen en el Plan General de Ordenación Urbana de 1997 para
el Nivel 1 de protección, grado integral de acuerdo al artículo 4.3.12 de las NNUU.
Art. 8. Prescripciones para la protección del patrimonio histórico.—Se impone la
siguiente condición prescrita por la Comisión para la Protección de Patrimonio Histórico,
Artístico y Natural en sesión de 15 de junio de 2023:
— Se mantendrá la cubierta inclinada original, con los faldones originales. En la zona
del ascensor se ejecutará la opción con la cubierta plana.