La Cabrera (BOCM-20240528-58)
Régimen económico. Calendario fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 120
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 28 DE MAYO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 126
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
58
LA CABRERA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20240528-58
Esta Alcaldía, mediante decreto 2024-0376, de 14 de mayo de 2024, acordó la aprobación
del calendario fiscal del municipio, correspondiente al ejercicio 2024, que estará a disposición
de los interesados en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de
anuncios y en la sede electrónica de este ayuntamiento ( http://lacabrera.sedelectronica.es ), en
cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 24 y 25 del Reglamento General de Recaudación,
aprobado por el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, en los términos que se exponen a continuación:
— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica: del 3 de junio al 30 de septiembre
de 2024, ambos inclusive.
— Tasa de vados: del 3 de junio al 30 de septiembre de 2024, ambos inclusive.
— Tasa de recogida de basura:
d Primer semestre: del 3 de junio al 30 de septiembre de 2024, ambos inclusive.
d Segundo semestre: del 1 de julio al 20 de diciembre de 2024, ambos inclusive.
— Impuesto sobre bienes inmuebles (urbanos y rústicos): del 1 de julio al 20 de diciembre de 2024, ambos inclusive.
— Impuesto sobre actividades económicas: del 1 de julio al 20 de diciembre de 2024,
ambos inclusive.
En La Cabrera, a 17 de mayo de 2024.—El alcalde, Ismael de la Fuente Soria.
(01/7.695/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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MARTES 28 DE MAYO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 126
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AYUNTAMIENTO DE
58
LA CABRERA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20240528-58
Esta Alcaldía, mediante decreto 2024-0376, de 14 de mayo de 2024, acordó la aprobación
del calendario fiscal del municipio, correspondiente al ejercicio 2024, que estará a disposición
de los interesados en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de
anuncios y en la sede electrónica de este ayuntamiento ( http://lacabrera.sedelectronica.es ), en
cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 24 y 25 del Reglamento General de Recaudación,
aprobado por el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, en los términos que se exponen a continuación:
— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica: del 3 de junio al 30 de septiembre
de 2024, ambos inclusive.
— Tasa de vados: del 3 de junio al 30 de septiembre de 2024, ambos inclusive.
— Tasa de recogida de basura:
d Primer semestre: del 3 de junio al 30 de septiembre de 2024, ambos inclusive.
d Segundo semestre: del 1 de julio al 20 de diciembre de 2024, ambos inclusive.
— Impuesto sobre bienes inmuebles (urbanos y rústicos): del 1 de julio al 20 de diciembre de 2024, ambos inclusive.
— Impuesto sobre actividades económicas: del 1 de julio al 20 de diciembre de 2024,
ambos inclusive.
En La Cabrera, a 17 de mayo de 2024.—El alcalde, Ismael de la Fuente Soria.
(01/7.695/24)
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ISSN 1989-4791