C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240527-22)
Regulación concesión ayudas –  Acuerdo de 22 de mayo de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Acuerdo de 26 de julio de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de ayudas para sufragar gastos extraordinarios destinados al apoyo al acogimiento familiar con cargo a la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad
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BOCM

LUNES 27 DE MAYO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 125

Información sobre Protección de Datos
 Acogimiento familiar de menores.
1. Responsable del tratamiento de sus datos
- Responsable: D. G. De Infancia, Familia Y Fomento de la Natalidad
- CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES
- Domicilio social: C/ Manuel de Falla, 7, 1ª planta - C.P. 28036 Madrid.
- Contacto Delegado de Protección de Datos: protecciondatos-psociales@madrid.org

2. ¿En qué actividad de tratamiento están incluidos mis datos personales y con qué fines se
tratarán?
Acogimiento familiar de menores.
En cumplimiento de lo establecido por el Reglamento (UE) 2016/679, de Protección de Datos
Personales (RGPD), sus datos serán tratados para las siguientes finalidades:
Gestión de acogimientos familiares para salvaguardar los derechos de los menores.
Integración en la Tarjeta Social Digital.

3. ¿Cuál es la legitimación en la cual se basa la licitud del tratamiento?
RGPD 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés
público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
RGPD 6.1 c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al
responsable del tratamiento.
En su caso, RGPD 6.1.b) y RGPD 9.2.h)
Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor. Ley Orgánica 8/2015. de
22 de julio, de modificación del Sistema de Protección a la Infancia y la Adolescencia. Ley 26/2015,
de 28 de julio, de modificación del Sistema de Protección a la Infancia y la Adolescencia y Ley 6/95,
de 28 de Marzo, de Garantías de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia en la Comunidad de
Madrid. Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil (Art. 173).

4. ¿Cómo ejercer sus derechos? ¿Cuáles son sus derechos cuando nos facilita sus datos?
Puede ejercitar, si lo desea, los derechos de acceso, rectificación y supresión de datos, así como
solicitar que se limite el tratamiento de sus datos personales, oponerse al mismo, solicitar en su
caso la portabilidad de sus datos, así como a no ser objeto de una decisión individual basada
únicamente en el tratamiento automatizado, incluida la elaboración de perfiles.
Según la Ley 39/2015, el RGPD y la ley Orgánica 3/2018, puede ejercitar sus derechos por Registro
Electrónico o Registro Presencial, o en los lugares y formas previstos en el artículo 16.4 de la Ley
39/2015, preferentemente mediante el formulario de solicitud “Ejercicio de derechos en materia de
protección de datos personales”.

5. Tratamientos que incluyen decisiones automatizadas, incluida la elaboración de perfiles, con
efectos jurídicos o relevantes.
No se realizan.

BOCM-20240527-22

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID