Villalbilla (BOCM-20240527-87)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 288
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE MAYO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 125
de la documentación necesaria para la tramitación del procedimiento de licencia urbanística y declaración responsable urbanística, así como del acto comunicado.
Segunda.—Los procedimientos de licencia urbanística y declaración responsable urbanística se tramitarán prioritariamente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
BOCM-20240527-87
La presente Modificación de la Ordenanza entrará en vigor el día de su publicación íntegra
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y comenzará a aplicarse a los quince
días de la misma, conforme a lo establecido en los artículos 65.2 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2
de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa».
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este
anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior
de Justicia de Madrid.
En Villalbilla, a 16 de mayo de 2024.—El secretario general, Alfredo Carrero Santamaría.
(03/7.577/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 288
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE MAYO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 125
de la documentación necesaria para la tramitación del procedimiento de licencia urbanística y declaración responsable urbanística, así como del acto comunicado.
Segunda.—Los procedimientos de licencia urbanística y declaración responsable urbanística se tramitarán prioritariamente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
BOCM-20240527-87
La presente Modificación de la Ordenanza entrará en vigor el día de su publicación íntegra
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y comenzará a aplicarse a los quince
días de la misma, conforme a lo establecido en los artículos 65.2 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2
de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa».
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este
anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior
de Justicia de Madrid.
En Villalbilla, a 16 de mayo de 2024.—El secretario general, Alfredo Carrero Santamaría.
(03/7.577/24)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791