Alcobendas (BOCM-20240527-48)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
27 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

LUNES 27 DE MAYO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 125

m) Gestión del mantenimiento de la señalización horizontal y vertical e informar los
Planes y actuaciones de Señalización Informativa Urbana (SIU) y balizamiento de
tráfico, conforme a los criterios conjuntos que se marquen con policía local.
2. Mantenimiento de edificios y Servicios Públicos:
a) Mantener, proteger, conservar, mejorar, restaurar, gestionar, explotar, supervisar y
controlar los edificios e instalaciones de dominio y servicio público municipal a excepción de los edificios gestionados por la delegación de Deportes, gestionados por
alguno de los modos previstos legalmente, incluida la concesión de autorizaciones
y licencias, y la emisión de actos o resoluciones administrativas que afecten a terceros, así como la confección de las tasas y exacciones municipales derivadas de
las mismas, siempre que no comporte la ejecución de obras cuya facultad corresponda al departamento de obras y respecto a los procesos de licencias y autorizaciones y observando la debida compatibilidad con las competencias delegadas en
la Concejalía de Patrimonio.
b) La gestión de los servicios de desinsectación y desratización.
c) La gestión energética municipal, la propuesta de contratación de suministros a tal
efecto y la coordinación de las políticas de eficiencia energética y de mantenimiento con las empresas públicas municipales.
d) Dictar órdenes de ejecución y actos complementarios de ejecución forzosa.
e) Tramitar y, en su caso, resolver los expedientes relativos a la protección y restablecimiento de la legalidad.
3. Obras:
a) Planificación, elaboración, tramitación de la aprobación, impulso de las contrataciones, ejecución, coordinación, dirección, supervisión, control y recepción de
cualquier obra pública municipal de edificación o infraestructuras que se ejecute en
bienes municipales, a iniciativa de cualquier Delegación municipal, bien se trate de
obras de primer establecimiento, reforma (incluyendo entre éstas las de ampliación,
mejora, modernización, adaptación, renovación y adecuación o refuerzo), gran reparación, rehabilitación y demolición, exceptuándose, en todo caso, las obras de
conservación, mantenimiento y simple reparación necesarias para que las edificaciones, infraestructuras e instalaciones de los servicios públicos reúnan las condiciones adecuadas de seguridad, salubridad y ornato público y funcionen eficazmente
para servir al uso al que están destinadas.
b) Planificar y coordinar las ocupaciones temporales de vía pública vinculadas a la
ejecución de obras municipales.
6. Concejalía-Delegada de Familia y Bienestar Social
Integrada en el Área de Personas, se atribuye la misma a la concejala doña María Concepción Villalón Blesa.
Sin perjuicio de las competencias atribuidas, delegadas o desconcentradas en otros órganos, servicios o empresas municipales, se delegan en la Concejalía de Familia y Bienestar
Social las competencias que le corresponden en esta materia al alcalde y entre ellas las que
se detallan:
Familia:
a) Coordinación en el diseño y ejecución de las políticas sectoriales de apoyo a la familia.
b) Diseño y aplicación de las políticas de protección social específicas, dirigidas a la
prevención y tratamiento de situaciones de crisis familiares, sin perjuicio de las
competencias atribuidas a otros órganos municipales.
c) Fomentar la presencia y participación de la familia en la vida social del municipio
a través de los órganos Participativos como foros específicos de expresión de sus
necesidades.
Servicios Sociales:
a) Detección y estudio de las necesidades sociales en el término municipal.
b) Promoción, impulso y ejercicio de acciones destinadas a ciudadanos en situación
de riesgo social y con carencia de recursos económicos para cubrir las necesidades básicas de los mismos, proporcionando apoyo temporal hasta que desaparezca la situación de riesgo.

BOCM-20240527-48

Pág. 192

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID