Móstoles (BOCM-20240524-69)
Urbanismo. Gerencia Municipal de Urbanismo. Plan parcial
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 200

VIERNES 24 DE MAYO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 123

NOTA.
1. Usos en el espacio de retranqueos:
En el retranqueo fijado por la línea de edificación del enlace se estará a lo dispuesto en la Ley de Carreteras del Estado y en el contenido de la delimitación de tramos urbanos que puedan tramitarse.
En el resto de retranqueos los usos permitidos y prohibidos serán los siguientes:
PERMITIDO

NO PERMITIDO

Carga y descarga

Almacenamiento

Ajardinamiento

Instalaciones auxiliares

Aparcamiento

Construcciones auxiliares

Paso de vehículos

Depósito de residuos no controlados

Garitas para control de accesos
Antenas, torres y otros elementos de Publicidad (*)
CT integrado en cerramiento y composición de fachada

A linderos laterales y trasero:
PERMITIDO

NO PERMITIDO

Carga y descarga

Obstaculizar el paso de vehículos

Ajardinamiento

Depósito de residuos controlados

Aparcamiento

Construcciones auxiliares

Paso de vehículos
Instalaciones auxiliares (*)
Almacenamiento (*)
Antenas, torres y otros elementos de Publicidad (*)
(*)

Deberán dejar un paso libre en planta de 3,00 m. de ancho para permitir el paso a los camiones de bomberos.

ORDENANZA ZU- TCSUNC1
Objeto. Regula la edificación y el uso del suelo en zonas de abastecimiento y consumo- Comercio
medio.
Ámbito de aplicación. Las zonas señaladas en el plano correspondiente de calificación.
Determinaciones de Volumen.
Alineaciones y rasantes. Son las fijadas en el plano correspondiente de alineaciones.
Altura máxima de la edificación. La altura máxima de la edificación será de 12 m. Se exceptúan
los elementos del sistema productivo que para su correcto funcionamiento requirieran mayor altura.
Edificabilidad. La edificabilidad por manzana será la que se indica en el cuadro adjunto. Para
parcelas de superficie inferior a la misma será el resultado de aplicar un coeficiente de edificabilidad de 0,516 m2/m2 sobre parcela neta (coeficiente redondeado a tres decimales), siendo las edificabilidades las indicadas en el cuadro adjunto.

MANZANA

USO PORMENORIZADO

SUPERFICIE (M2S)

EDIFICABILIDAD
2
(M C REALES)

APROVECHAMIENTO
2
(M H INDUSTRIAL) UAS

L6

Comercial

26306,96

12627,34

22981,76

L7

Comercial

9.264,20

5742,82

10451,93

35.571,16

18370,16

33433,69

TOTAL

Frente mínimo. El frente mínimo será de 10 m.
Ocupación máxima. La Ocupación máxima de parcela será del 70%.
Retranqueos. Los retranqueos mínimos serán 5 m a fachada y a vía pública y 3 m. al resto de los
linderos, excepto en el lindero de fachada suroeste (calle Cosme García Sáez), en el que podrá
suprimirse el retranqueo. Si se efectuasen retranqueos a dicha fachada estos serán de 5 m. Previo
acuerdo notarial entre propietarios se admiten edificaciones adosadas con una longitud máxima de
fachada de 100 m., en estas edificaciones adosadas se suprimen los retranqueos laterales.
Para el resto de las determinaciones de volumen se estará a lo dispuesto en las Normas Urbanísticas Generales.

BOCM-20240524-69

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Parcela mínima. La parcela mínima será de 800 m s