Navalcarnero (BOCM-20240524-70)
Urbanismo. Estudio detalle
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 123
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 24 DE MAYO DE 2024
Pág. 221
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
70
NAVALCARNERO
URBANISMO
BOCM-20240524-70
La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada, el día 6 de mayo de 2024,
adoptó, por delegación del alcalde-presidente según resolución de 20 de junio de 2023, entre otros los siguientes acuerdos.
Primero.—Admitir a trámite y aprobar inicialmente el Estudio Detalle presentado por
D. Raúl Ordóñez Iniesto en representación de la entidad mercantil Angara 1999, S. L., para
llevar a cabo la ordenación de volúmenes edificables para uso residencial de los solares situados en la calle Alemania número 59 y 63 del municipio de Navalcarnero.
Segundo.—Someter el Estudio de Detalle al trámite de información pública durante el
plazo de veinte (20) días contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y anunciarlo, asimismo, por medios telemáticos, en el tablón de anuncios y en uno de los periódicos de mayor circulación
de la Comunidad de Madrid, así como notificarlo individualmente al promotor y propietario, de conformidad con lo previsto en el artículo 60 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, en relación con el artículo 65 y siguientes del Reglamento del Planeamiento Urbanístico de 1978.
Tercero.—Suspender el otorgamiento de los títulos habilitantes de naturaleza urbanística sobre las parcelas a la que se refiere el Estudio de Detalle en cuanto pudieran resultar
afectadas por sus determinaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.4 de
la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid y artículo 120 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico de 1978.
Cuarto.—Facultar al Sr. alcalde-presidente para la firma de cuantos documentos sean
precisos para la ejecución de los presentes acuerdos.
Lo que se somete a información pública, para que puedan personarse en el expediente
y formular cuantas alegaciones estimen oportunas, durante el plazo de veinte días, a contar
desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 de la
Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid.
Navalcarnero, a 8 de mayo de 2024.—El alcalde-presidente, José Luis Adell Fernández.
(02/7.089/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 123
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 24 DE MAYO DE 2024
Pág. 221
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
70
NAVALCARNERO
URBANISMO
BOCM-20240524-70
La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada, el día 6 de mayo de 2024,
adoptó, por delegación del alcalde-presidente según resolución de 20 de junio de 2023, entre otros los siguientes acuerdos.
Primero.—Admitir a trámite y aprobar inicialmente el Estudio Detalle presentado por
D. Raúl Ordóñez Iniesto en representación de la entidad mercantil Angara 1999, S. L., para
llevar a cabo la ordenación de volúmenes edificables para uso residencial de los solares situados en la calle Alemania número 59 y 63 del municipio de Navalcarnero.
Segundo.—Someter el Estudio de Detalle al trámite de información pública durante el
plazo de veinte (20) días contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y anunciarlo, asimismo, por medios telemáticos, en el tablón de anuncios y en uno de los periódicos de mayor circulación
de la Comunidad de Madrid, así como notificarlo individualmente al promotor y propietario, de conformidad con lo previsto en el artículo 60 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, en relación con el artículo 65 y siguientes del Reglamento del Planeamiento Urbanístico de 1978.
Tercero.—Suspender el otorgamiento de los títulos habilitantes de naturaleza urbanística sobre las parcelas a la que se refiere el Estudio de Detalle en cuanto pudieran resultar
afectadas por sus determinaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.4 de
la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid y artículo 120 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico de 1978.
Cuarto.—Facultar al Sr. alcalde-presidente para la firma de cuantos documentos sean
precisos para la ejecución de los presentes acuerdos.
Lo que se somete a información pública, para que puedan personarse en el expediente
y formular cuantas alegaciones estimen oportunas, durante el plazo de veinte días, a contar
desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 de la
Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid.
Navalcarnero, a 8 de mayo de 2024.—El alcalde-presidente, José Luis Adell Fernández.
(02/7.089/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791