Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible (BOCM-20240524-47)
Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid. Expropiación
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
VIERNES 24 DE MAYO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 123
Durante un plazo de treinta días hábiles, contados a partir del primer día hábil siguiente a la fecha de publicación en el “Boletín Oficial del Estado”, a los efectos del artículo 83.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, el Proyecto de Trazado y copia de la citada aprobación
provisional estarán expuestos al público en la sede de la Demarcación de Carreteras
del Estado en Madrid (calle Josefa Valcárcel, número 11, 28027 Madrid) y en los ayuntamientos de San Sebastián de los Reyes, Algete, Colmenar Viejo y San Agustín de Guadalix, así como en la sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
https://www.transportes.gob.es/el-ministerio/participacion-publica , a fin de que cualquier
persona física o jurídica pueda presentar, por cualquiera de los sistemas indicados en el artículo 16.4 de la referida Ley, las alegaciones y/u observaciones que consideren oportunas.
BOCM-20240524-47
Pág. 130
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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de las Administraciones Públicas, el Proyecto de Trazado y copia de la citada aprobación
provisional estarán expuestos al público en la sede de la Demarcación de Carreteras
del Estado en Madrid (calle Josefa Valcárcel, número 11, 28027 Madrid) y en los ayuntamientos de San Sebastián de los Reyes, Algete, Colmenar Viejo y San Agustín de Guadalix, así como en la sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
https://www.transportes.gob.es/el-ministerio/participacion-publica , a fin de que cualquier
persona física o jurídica pueda presentar, por cualquiera de los sistemas indicados en el artículo 16.4 de la referida Ley, las alegaciones y/u observaciones que consideren oportunas.
BOCM-20240524-47
Pág. 130
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