Bustarviejo (BOCM-20240523-58)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 224
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 23 DE MAYO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 122
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
58
BUSTARVIEJO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20240523-58
Acuerdo del Pleno ordinario de 26 de abril de 2024, del Ayuntamiento de Bustarviejo, por el que se aprueba inicialmente la modificación de la ordenanza fiscal impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
Aprobada inicialmente la modificación de la ordenanza fiscal impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras por acuerdo del Pleno de 26 de abril de 2024, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se
somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día
siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, para que las personas interesadas puedan examinar el expediente y presentar las
reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias
municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en el portal de transparencia de este Ayuntamiento.
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de aprobación de la mencionada ordenanza.
En Bustarviejo, a 6 de mayo de 2024.—El alcalde-presidente, Tanausu Luis Perera.
(03/7.346/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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AYUNTAMIENTO DE
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BUSTARVIEJO
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Acuerdo del Pleno ordinario de 26 de abril de 2024, del Ayuntamiento de Bustarviejo, por el que se aprueba inicialmente la modificación de la ordenanza fiscal impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
Aprobada inicialmente la modificación de la ordenanza fiscal impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras por acuerdo del Pleno de 26 de abril de 2024, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se
somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día
siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, para que las personas interesadas puedan examinar el expediente y presentar las
reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias
municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en el portal de transparencia de este Ayuntamiento.
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de aprobación de la mencionada ordenanza.
En Bustarviejo, a 6 de mayo de 2024.—El alcalde-presidente, Tanausu Luis Perera.
(03/7.346/24)
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