D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20240523-42)
Convenio – Adenda de 8 de mayo de 2024, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Desarrollo y Asistencia, para la realización de actividades en hospitales del Servicio Madrileño de Salud, mediante el Programa “Voluntariado en hospitales”
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 182
JUEVES 23 DE MAYO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 122
blico, de los previstos en el artículo 6 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de
la Hacienda de la Comunidad de Madrid, dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, adscrito a la Consejería de Sanidad de
la Comunidad de Madrid.
Entre sus fines se encuentra la promoción de la humanización en todos los centros sanitarios de utilización pública de la Comunidad de Madrid, manteniendo el máximo respeto
a la dignidad de la persona, a la libertad individual y a los derechos humanos, según dispone el artículo 60.1.d) de la Ley 12/2001, de 21 de diciembre.
La disposición adicional segunda, apartado 1, del Decreto 246/2023, de 4 de octubre,
por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud recoge los
centros adscritos al mismo.
Cuarto
La Fundación Desarrollo y Asistencia es una entidad sin ánimo de lucro, inscrita en el
Registro de Fundaciones Asistenciales con el número 28-1098 que, de acuerdo con sus estatutos, tiene como fin fundacional ser cauce de solidaridad para contribuir a crear una sociedad más justa y humana, mediante la promoción y desarrollo de programas de acción
social y voluntariado dirigidos a personas de cualquier edad, nacionalidad, raza, religión y
sexo que se encuentren en situación de necesidad, cualesquiera que sean sus causas.
Quinto
Según su cláusula octava el convenio está vigente desde el día de su firma por período de cuatro años, pudiendo prorrogarse por períodos bienales hasta un máximo de cuatro
años adicionales, mediante acuerdo escrito, salvo que medie denuncia expresa de una de las
partes, formulada con una antelación mínima de dos meses a la terminación de la vigencia
del convenio o de sus prórrogas.
Sexto
Con el fin de poder continuar la colaboración establecida entre las partes, que contribuye a la consecución de los objetivos de interés general propios de ambas, se considera necesario prorrogar el convenio.
Séptimo
Por todo lo anterior, las partes acuerdan prorrogar el convenio entre la Comunidad de
Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación
Desarrollo y Asistencia, para la realización de actividades en los hospitales del Servicio Madrileño de Salud que mejoren la humanización de los pacientes, mediante el programa “Voluntariado en hospitales”, suscrito el 17 de julio de 2018, de acuerdo con la siguiente
CLÁUSULA
Única
Conforme a lo dispuesto en la cláusula octava del convenio y a fin de continuar las actividades reflejadas en el mismo, las partes acuerdan su prórroga para el período comprendido entre el 17 de julio de 2024 y el 16 de julio de 2026, ambas fechas inclusive.
Con independencia del período de prórroga indicado, se entenderá que el día de perfección de este acuerdo es aquel en el que se encuentre firmado por todas las partes intervinientes.
Y en prueba de conformidad, las partes firman el presente documento.
Madrid, a 8 de mayo de 2024.—Por la Comunidad de Madrid, la Consejera de Sanidad, Fátima Matute Teresa.—Por el Servicio Madrileño de Salud, la Viceconsejera de Sanidad y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, Laura Gutiérrez Barreno.—Por
la Fundación Desarrollo y Asistencia, el Apoderado, Javier de Echanove Ravello.
(03/7.215/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20240523-42
Prórroga del convenio
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 182
JUEVES 23 DE MAYO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 122
blico, de los previstos en el artículo 6 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de
la Hacienda de la Comunidad de Madrid, dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, adscrito a la Consejería de Sanidad de
la Comunidad de Madrid.
Entre sus fines se encuentra la promoción de la humanización en todos los centros sanitarios de utilización pública de la Comunidad de Madrid, manteniendo el máximo respeto
a la dignidad de la persona, a la libertad individual y a los derechos humanos, según dispone el artículo 60.1.d) de la Ley 12/2001, de 21 de diciembre.
La disposición adicional segunda, apartado 1, del Decreto 246/2023, de 4 de octubre,
por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud recoge los
centros adscritos al mismo.
Cuarto
La Fundación Desarrollo y Asistencia es una entidad sin ánimo de lucro, inscrita en el
Registro de Fundaciones Asistenciales con el número 28-1098 que, de acuerdo con sus estatutos, tiene como fin fundacional ser cauce de solidaridad para contribuir a crear una sociedad más justa y humana, mediante la promoción y desarrollo de programas de acción
social y voluntariado dirigidos a personas de cualquier edad, nacionalidad, raza, religión y
sexo que se encuentren en situación de necesidad, cualesquiera que sean sus causas.
Quinto
Según su cláusula octava el convenio está vigente desde el día de su firma por período de cuatro años, pudiendo prorrogarse por períodos bienales hasta un máximo de cuatro
años adicionales, mediante acuerdo escrito, salvo que medie denuncia expresa de una de las
partes, formulada con una antelación mínima de dos meses a la terminación de la vigencia
del convenio o de sus prórrogas.
Sexto
Con el fin de poder continuar la colaboración establecida entre las partes, que contribuye a la consecución de los objetivos de interés general propios de ambas, se considera necesario prorrogar el convenio.
Séptimo
Por todo lo anterior, las partes acuerdan prorrogar el convenio entre la Comunidad de
Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación
Desarrollo y Asistencia, para la realización de actividades en los hospitales del Servicio Madrileño de Salud que mejoren la humanización de los pacientes, mediante el programa “Voluntariado en hospitales”, suscrito el 17 de julio de 2018, de acuerdo con la siguiente
CLÁUSULA
Única
Conforme a lo dispuesto en la cláusula octava del convenio y a fin de continuar las actividades reflejadas en el mismo, las partes acuerdan su prórroga para el período comprendido entre el 17 de julio de 2024 y el 16 de julio de 2026, ambas fechas inclusive.
Con independencia del período de prórroga indicado, se entenderá que el día de perfección de este acuerdo es aquel en el que se encuentre firmado por todas las partes intervinientes.
Y en prueba de conformidad, las partes firman el presente documento.
Madrid, a 8 de mayo de 2024.—Por la Comunidad de Madrid, la Consejera de Sanidad, Fátima Matute Teresa.—Por el Servicio Madrileño de Salud, la Viceconsejera de Sanidad y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, Laura Gutiérrez Barreno.—Por
la Fundación Desarrollo y Asistencia, el Apoderado, Javier de Echanove Ravello.
(03/7.215/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20240523-42
Prórroga del convenio