San Fernando de Henares (BOCM-20240521-60)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 154
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 21 DE MAYO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 120
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
60
SAN FERNANDO DE HENARES
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto de las bases aprobadas por decreto de Alcaldía número 2024DECR00086606/
05/2024 por el que se aprueba la convocatoria en concurrencia competitiva de subvenciones a asociaciones sin ánimo de lucro de San Fernando de Henares que desarrollan su actividad en el ámbito de la diversidad funcional y colaboran con la Concejalía de Bienestar
Social y Mayores en tareas de promoción y apoyo a las personas con diversidad.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la resolución citada cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
“link de la BDNS” así como en la página del Ayuntamiento de San Fernando de Henares.
Primero. Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarias las entidades que reúnan los siguientes requisitos:
1. Desarrollen su actividad en el territorio Municipal de San Fernando de Henares.
2. Estén inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de San Fernando de Henares teniendo sus datos actualizados y que cumplan los
requisitos que establece el Reglamento de Participación Ciudadana con una antigüedad mínima de dos años.
3. Hayan justificado convenientemente las subvenciones de años anteriores.
4. No se encuentren comprendidas en ninguno de los supuestos recogidos en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, sobre la prohibición para
la obtención de ayudas o subvenciones públicas.
5. Estén al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
6. Estén al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento.
7. Tengan en su ámbito de actuación la atención social a personas con diversidad
funcional.
8. Hayan participado y se comprometan a participar activamente en la Mesa de la Diversidad Funcional.
9. Presenten la Solicitud de Subvención 2024 y Documentación requerida en tiempo
y forma.
Segundo. Objeto.—Constituye El objeto de estas bases la regulación del procedimiento aplicable para la concesión de subvenciones en el año 2024 a las asociaciones sin
ánimo de lucro que trabajan en el Municipio de San Fernando de Henares en el ámbito de
la diversidad funcional.
Tercero. Bases reguladoras.—En lo no previsto en esta convocatoria se estará a lo
dispuesto en la Ordenanza General de Subvenciones de San Fernando de Henares, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 65, de 16 de marzo de 2020, como bases reguladoras de la misma, así como en la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por
el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003.
El texto íntegro de las bases reguladoras será publicado en la página web municipal
que publicará el texto íntegro de la misma.
Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a esta convocatoria asciende a
20.000,00 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo para presentación de las solicitudes de subvenciones objeto de esta convocatoria, es de quince (15) días naturales a
BOCM-20240521-60
BDNS: (760233)
Pág. 154
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 21 DE MAYO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 120
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
60
SAN FERNANDO DE HENARES
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto de las bases aprobadas por decreto de Alcaldía número 2024DECR00086606/
05/2024 por el que se aprueba la convocatoria en concurrencia competitiva de subvenciones a asociaciones sin ánimo de lucro de San Fernando de Henares que desarrollan su actividad en el ámbito de la diversidad funcional y colaboran con la Concejalía de Bienestar
Social y Mayores en tareas de promoción y apoyo a las personas con diversidad.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la resolución citada cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
“link de la BDNS” así como en la página del Ayuntamiento de San Fernando de Henares.
Primero. Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarias las entidades que reúnan los siguientes requisitos:
1. Desarrollen su actividad en el territorio Municipal de San Fernando de Henares.
2. Estén inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de San Fernando de Henares teniendo sus datos actualizados y que cumplan los
requisitos que establece el Reglamento de Participación Ciudadana con una antigüedad mínima de dos años.
3. Hayan justificado convenientemente las subvenciones de años anteriores.
4. No se encuentren comprendidas en ninguno de los supuestos recogidos en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, sobre la prohibición para
la obtención de ayudas o subvenciones públicas.
5. Estén al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
6. Estén al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento.
7. Tengan en su ámbito de actuación la atención social a personas con diversidad
funcional.
8. Hayan participado y se comprometan a participar activamente en la Mesa de la Diversidad Funcional.
9. Presenten la Solicitud de Subvención 2024 y Documentación requerida en tiempo
y forma.
Segundo. Objeto.—Constituye El objeto de estas bases la regulación del procedimiento aplicable para la concesión de subvenciones en el año 2024 a las asociaciones sin
ánimo de lucro que trabajan en el Municipio de San Fernando de Henares en el ámbito de
la diversidad funcional.
Tercero. Bases reguladoras.—En lo no previsto en esta convocatoria se estará a lo
dispuesto en la Ordenanza General de Subvenciones de San Fernando de Henares, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 65, de 16 de marzo de 2020, como bases reguladoras de la misma, así como en la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por
el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003.
El texto íntegro de las bases reguladoras será publicado en la página web municipal
que publicará el texto íntegro de la misma.
Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a esta convocatoria asciende a
20.000,00 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo para presentación de las solicitudes de subvenciones objeto de esta convocatoria, es de quince (15) días naturales a
BOCM-20240521-60
BDNS: (760233)