Madrid (BOCM-20240520-52)
Régimen económico. Distrito de Villa de Vallecas. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 20 DE MAYO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 119

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
52

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Extracto del decreto de 25 de abril 2024, del concejal-presidente del Distrito de Villa
de Vallecas, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones de fomento del asociacionismo en el año 2024.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):
Primero. Beneficiarios.—Asociaciones de base que tengan su domicilio social en el
distrito de Villa de Vallecas y estén inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del
Ayuntamiento de Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid
y sus organismos públicos aprobada por acuerdo plenario de 30 de octubre de 2013, modificada por el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 31 de mayo de 2017 (OBRGS).
Segundo. Objeto.—La finalidad de esta convocatoria de subvenciones es la promoción del tejido asociativo y la participación de las entidades ciudadanas del municipio de
Madrid, contribuyendo a consolidar la democracia participativa, la continuidad y crecimiento de las entidades y a favorecer su correcto funcionamiento durante el año 2024, así
como paliar las posibles consecuencias negativas que se puedan derivar de la situación económica y social actual.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la
Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de 30
de octubre de 2013, modificada por el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 31 de
mayo de 2017, publicada en www.madrid.es
Cuarto. Cuantía.—Convocatoria ordinaria 2024.
El importe total destinado a esta convocatoria asciende a 60.000,00 euros, que se distribuirán de la siguiente forma:
— Modalidad de proyectos: 45.000 euros.
— Modalidad de gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios: 15.000
euros para gastos de alquiler y funcionamiento de sede social.
La cuantía de la subvención para la anualidad se considerará importe cierto, quedando
de cuenta del beneficiario la diferencia de financiación necesaria para la total ejecución de
la actividad subvencionada, debiendo ser reintegrada, en su caso, la financiación pública
por el importe en que la misma exceda del coste total de dicha actividad.
Quinto. Plazo y forma de presentación de solicitudes.—Convocatoria ordinaria 2024,
el plazo de presentación será de quince días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.2 de la LGS.
Las solicitudes, junto con los anexos que procedan y la documentación exigida, se dirigirán
al concejal-presidente del Distrito de Villa de Vallecas y deberán presentarse electrónicamente,
accediendo a la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid ( htpps://sede.madrid.es ). Se deberá utilizar alguno de los certificados electrónicos admitidos por el Ayuntamiento de
Madrid.
Sexto. Otros datos.—Esta convocatoria de subvenciones se desarrolla en régimen de
concurrencia competitiva.
Las solicitudes de subvención se formalizarán conforme al modelo que figura como
solicitud de subvención en la presente convocatoria.
Para la modalidad de proyectos, junto a la solicitud de subvención, se acompañará una
memoria explicativa del proyecto que habrá de cumplimentarse en el anexo I.

BOCM-20240520-52

Distrito de Villa de Vallecas