Ciempozuelos (BOCM-20240520-65)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 119
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 20 DE MAYO DE 2024
Pág. 267
como funcionario de carrera en la plaza de Agente de Desarrollo Local (ADL) del Ayuntamiento de Ciempozuelos, al aspirante con la mayor puntuación en el proceso selectivo.
Los nombramientos deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
Decimocuarta. Toma de posesión
14.1. Plazo.
Los aspirantes nombrados funcionarios de carrera deberán tomar posesión en el plazo
de quince días naturales a contar desde la publicación del nombramiento en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, que será de un mes cuando suponga cambio de
localidad de residencia.
Previamente a la toma de posesión, el aspirante con mayor puntuación deberá haber
aportado, en el plazo de 20 días naturales desde la publicación de la relación de aprobados
en el tablón de edictos del Ayuntamiento físico de la Casa Consistorial y en el alojado en la
sede electrónica municipal ( sede.ayto-ciempozuelos.org ), así como en la web municipal
( www.ayto-ciempozuelos.org ), la siguiente documentación:
— Original o fotocopia compulsada de la titulación de acceso
— Original o fotocopias compulsadas de los méritos alegados
— Certificado médico de aptitud para el trabajo
14.2. Forma.
Para la toma de posesión los interesados comparecerán ante la gestión de recursos humanos municipal. La toma de posesión incluirá el acto de acatamiento de la Constitución y
resto del ordenamiento jurídico. Para la efectiva toma de posesión, los aspirantes nombrados funcionario de carrera deberán efectuar una declaración optando por el nuevo cargo o,
en su caso, por el que venía desempeñando, a los efectos de dar cumplimiento a la normativa vigente en materia de incompatibilidades, sin perjuicio de las situaciones administrativas en que proceda declararles.
14.3. Efectos de la falta de toma de posesión.
Quienes sin causa justificada no tomasen posesión dentro del plazo señalado en el apartado 14.1 no accederán a la plaza de Agente de Desarrollo Local (ADL), perdiendo todos los
derechos derivados de las pruebas selectivas y del subsiguiente nombramiento conferido.
Procediéndose, en ese caso, a proponer para nombramiento al primer aspirante aprobado de la lista complementaria, y así sucesivamente con el siguiente o siguientes si ese o
los siguientes no tomasen posesión.
Asimismo, desde la toma de posesión, los funcionarios quedarán obligados a utilizar
los medios que para el ejercicio de sus funciones ponga a su disposición el Ayuntamiento.
Constitución y funcionamiento de la Bolsa de Empleo para nombramientos
de carácter interino
15.1. Constitución de Bolsa de Empleo.
La Bolsa de Empleo que se forme en virtud del presente procedimiento de selección
provisionará temporalmente una plaza de Agente de Desarrollo Local (ADL) para su nombramiento como funcionario interino por las causas recogidas en el artículo 10 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
15.2. Funcionamiento de la Bolsa de Empleo.
1. La Bolsa de Empleo se constituirá con los aspirantes que no hayan obtenido plaza o que hayan superado, al menos, el primer ejercicio de la fase de oposición, y será gestionada por el Departamento de Personal del Ayuntamiento.
2. Se llamará por el orden de puntuación obtenido a las personas incluidas en dicha lista. La falta de respuesta positiva en un plazo de 48 horas de la persona seleccionada con la que
se contacte o la imposibilidad de localización, supondrá el paso de turno a la persona siguiente de la lista, quedando excluido de la Bolsa. Se enviará un correo electrónico y se realizará
una llamada. El Departamento de Personal dejará constancia de la realización de los pasos necesarios para su localización y anotadas las incidencias ocurridas en las llamadas.
3. Si se diera la circunstancia de que la persona a quien correspondiera cubrir la vacante no aceptara en el momento del llamamiento, el mismo se ofrecerá al siguiente de la
BOCM-20240520-65
Decimoquinta.
B.O.C.M. Núm. 119
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 20 DE MAYO DE 2024
Pág. 267
como funcionario de carrera en la plaza de Agente de Desarrollo Local (ADL) del Ayuntamiento de Ciempozuelos, al aspirante con la mayor puntuación en el proceso selectivo.
Los nombramientos deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
Decimocuarta. Toma de posesión
14.1. Plazo.
Los aspirantes nombrados funcionarios de carrera deberán tomar posesión en el plazo
de quince días naturales a contar desde la publicación del nombramiento en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, que será de un mes cuando suponga cambio de
localidad de residencia.
Previamente a la toma de posesión, el aspirante con mayor puntuación deberá haber
aportado, en el plazo de 20 días naturales desde la publicación de la relación de aprobados
en el tablón de edictos del Ayuntamiento físico de la Casa Consistorial y en el alojado en la
sede electrónica municipal ( sede.ayto-ciempozuelos.org ), así como en la web municipal
( www.ayto-ciempozuelos.org ), la siguiente documentación:
— Original o fotocopia compulsada de la titulación de acceso
— Original o fotocopias compulsadas de los méritos alegados
— Certificado médico de aptitud para el trabajo
14.2. Forma.
Para la toma de posesión los interesados comparecerán ante la gestión de recursos humanos municipal. La toma de posesión incluirá el acto de acatamiento de la Constitución y
resto del ordenamiento jurídico. Para la efectiva toma de posesión, los aspirantes nombrados funcionario de carrera deberán efectuar una declaración optando por el nuevo cargo o,
en su caso, por el que venía desempeñando, a los efectos de dar cumplimiento a la normativa vigente en materia de incompatibilidades, sin perjuicio de las situaciones administrativas en que proceda declararles.
14.3. Efectos de la falta de toma de posesión.
Quienes sin causa justificada no tomasen posesión dentro del plazo señalado en el apartado 14.1 no accederán a la plaza de Agente de Desarrollo Local (ADL), perdiendo todos los
derechos derivados de las pruebas selectivas y del subsiguiente nombramiento conferido.
Procediéndose, en ese caso, a proponer para nombramiento al primer aspirante aprobado de la lista complementaria, y así sucesivamente con el siguiente o siguientes si ese o
los siguientes no tomasen posesión.
Asimismo, desde la toma de posesión, los funcionarios quedarán obligados a utilizar
los medios que para el ejercicio de sus funciones ponga a su disposición el Ayuntamiento.
Constitución y funcionamiento de la Bolsa de Empleo para nombramientos
de carácter interino
15.1. Constitución de Bolsa de Empleo.
La Bolsa de Empleo que se forme en virtud del presente procedimiento de selección
provisionará temporalmente una plaza de Agente de Desarrollo Local (ADL) para su nombramiento como funcionario interino por las causas recogidas en el artículo 10 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
15.2. Funcionamiento de la Bolsa de Empleo.
1. La Bolsa de Empleo se constituirá con los aspirantes que no hayan obtenido plaza o que hayan superado, al menos, el primer ejercicio de la fase de oposición, y será gestionada por el Departamento de Personal del Ayuntamiento.
2. Se llamará por el orden de puntuación obtenido a las personas incluidas en dicha lista. La falta de respuesta positiva en un plazo de 48 horas de la persona seleccionada con la que
se contacte o la imposibilidad de localización, supondrá el paso de turno a la persona siguiente de la lista, quedando excluido de la Bolsa. Se enviará un correo electrónico y se realizará
una llamada. El Departamento de Personal dejará constancia de la realización de los pasos necesarios para su localización y anotadas las incidencias ocurridas en las llamadas.
3. Si se diera la circunstancia de que la persona a quien correspondiera cubrir la vacante no aceptara en el momento del llamamiento, el mismo se ofrecerá al siguiente de la
BOCM-20240520-65
Decimoquinta.