C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240520-26)
Concesión subvenciones – Orden 858/2024, de 6 de mayo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, para la concesión de una subvención directa al Ayuntamiento de Colmenar de Oreja, para la ejecución de su “Plan de sostenibilidad turística en destino” que forma parte del correspondiente “Plan territorial de la Comunidad de Madrid 2023”, a cargo del Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Fondos de la Unión Europea-Next Generation EU)
28 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 142
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 20 DE MAYO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 119
sector turístico madrileño a nivel nacional e internacional, sin perjuicio de las competencias
de la Dirección General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea.
En virtud de dichas competencias, la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte ha presentado los requisitos exigidos para el cumplimiento del C14.I1.S2, “Programa de Planes
Extraordinarios de Sostenibilidad Turística en Destinos”, del PRTR con el fin de desarrollar un modelo de turismo sostenible en la región y la implantación en el territorio de un modelo de gestión cohesionado e innovador, que mejore la competitividad del sector.
III
El Ayuntamiento de Colmenar de Oreja concurrió a la convocatoria extraordinaria de
Planes Territoriales de Sostenibilidad Turística en Destino 2023, presentando un proyecto
bajo el título de “Plan de Transformación a Destino Turístico Inteligente de Colmenar de
Oreja “en la categoría de “Territorio rural con identidad turística”.
Considerado apto por el “Comité Consultivo del Plan Territorial de la Comunidad de
Madrid” y, en cumplimiento del procedimiento establecido por la Secretaría de Estado de
Turismo, fue incorporado al Plan Territorial 2023 de la Comunidad de Madrid y, por tanto,
el Ayuntamiento de Colmenar de Oreja, reconocido como entidad beneficiaria de esta ayuda en el marco del procedimiento estatal.
IV
Esta Orden canaliza la gestión de la subvención directa a favor del Ayuntamiento de
Colmenar de Oreja como entidad beneficiaria, a fin de dar cumplimiento a los hitos y objetivos CID de la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación del PRTR de
España. Y en concreto, a los hitos 220, relativo a la ejecución de los Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos y 221, relativo a la finalización de los Planes de Sostenibilidad
Turística en Destinos.
La consecución de estos hitos y objetivos se cuantificará por los indicadores de medición incluidos en la Decisión de Ejecución del Consejo y su correspondiente adenda aprobada el 17 de octubre de 2023, y su cumplimiento se verificará de acuerdo con los mecanismos pactados con la Comisión Europea en las disposiciones operativas a las que se
refiere el artículo 20.6 del Reglamento 2021/241, del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Será obligatorio tanto el cumplimiento de los hitos y objetivos como proporcionar
la información de seguimiento que se establezca desde la Administración General del Estado, tanto de ejecución de gasto como de consecución de objetivos y el logro de los indicadores en las cuantías asignadas de manera individualizada a la entidad beneficiaria. Por
tanto, el cumplimiento de los hitos y objetivos previstos en la Decisión de Ejecución del
Consejo es obligatoria para la retención de los fondos transferidos.
En virtud de lo expuesto, y de conformidad con el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, el artículo 41.h) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, del Gobierno y Administración
de la Comunidad de Madrid, el artículo 5 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, y a propuesta
del Director General de Turismo y Hostelería,
DISPONGO
Primero
La presente Orden tiene por objeto articular el procedimiento de concesión de la subvención directa al Ayuntamiento de Colmenar de Oreja con el objetivo de ejecutar las actuaciones previstas en el PSTD (Plan de Sostenibilidad Turística en Destino) correspondiente, integrado en el Plan Territorial de la Comunidad de Madrid para el año 2023
aprobado en el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 9 de mayo de 2023, modificado por el Acuerdo de Conferencia Sectorial de 29 de diciembre 2023. En dicho acuerdo vienen singularizadas las entidades locales, sus PSTD y el importe correspondiente a
cada uno de ellos, entre otros extremos, dentro de la Convocatoria 2023 del Programa Extraordinario de Sostenibilidad Turística en Destino dirigida a Entidades Locales y en el
marco del procedimiento estatal articulado en la Estrategia de Sostenibilidad Turística en
BOCM-20240520-26
Objeto
Pág. 142
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 20 DE MAYO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 119
sector turístico madrileño a nivel nacional e internacional, sin perjuicio de las competencias
de la Dirección General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea.
En virtud de dichas competencias, la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte ha presentado los requisitos exigidos para el cumplimiento del C14.I1.S2, “Programa de Planes
Extraordinarios de Sostenibilidad Turística en Destinos”, del PRTR con el fin de desarrollar un modelo de turismo sostenible en la región y la implantación en el territorio de un modelo de gestión cohesionado e innovador, que mejore la competitividad del sector.
III
El Ayuntamiento de Colmenar de Oreja concurrió a la convocatoria extraordinaria de
Planes Territoriales de Sostenibilidad Turística en Destino 2023, presentando un proyecto
bajo el título de “Plan de Transformación a Destino Turístico Inteligente de Colmenar de
Oreja “en la categoría de “Territorio rural con identidad turística”.
Considerado apto por el “Comité Consultivo del Plan Territorial de la Comunidad de
Madrid” y, en cumplimiento del procedimiento establecido por la Secretaría de Estado de
Turismo, fue incorporado al Plan Territorial 2023 de la Comunidad de Madrid y, por tanto,
el Ayuntamiento de Colmenar de Oreja, reconocido como entidad beneficiaria de esta ayuda en el marco del procedimiento estatal.
IV
Esta Orden canaliza la gestión de la subvención directa a favor del Ayuntamiento de
Colmenar de Oreja como entidad beneficiaria, a fin de dar cumplimiento a los hitos y objetivos CID de la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación del PRTR de
España. Y en concreto, a los hitos 220, relativo a la ejecución de los Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos y 221, relativo a la finalización de los Planes de Sostenibilidad
Turística en Destinos.
La consecución de estos hitos y objetivos se cuantificará por los indicadores de medición incluidos en la Decisión de Ejecución del Consejo y su correspondiente adenda aprobada el 17 de octubre de 2023, y su cumplimiento se verificará de acuerdo con los mecanismos pactados con la Comisión Europea en las disposiciones operativas a las que se
refiere el artículo 20.6 del Reglamento 2021/241, del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Será obligatorio tanto el cumplimiento de los hitos y objetivos como proporcionar
la información de seguimiento que se establezca desde la Administración General del Estado, tanto de ejecución de gasto como de consecución de objetivos y el logro de los indicadores en las cuantías asignadas de manera individualizada a la entidad beneficiaria. Por
tanto, el cumplimiento de los hitos y objetivos previstos en la Decisión de Ejecución del
Consejo es obligatoria para la retención de los fondos transferidos.
En virtud de lo expuesto, y de conformidad con el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, el artículo 41.h) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, del Gobierno y Administración
de la Comunidad de Madrid, el artículo 5 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, y a propuesta
del Director General de Turismo y Hostelería,
DISPONGO
Primero
La presente Orden tiene por objeto articular el procedimiento de concesión de la subvención directa al Ayuntamiento de Colmenar de Oreja con el objetivo de ejecutar las actuaciones previstas en el PSTD (Plan de Sostenibilidad Turística en Destino) correspondiente, integrado en el Plan Territorial de la Comunidad de Madrid para el año 2023
aprobado en el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 9 de mayo de 2023, modificado por el Acuerdo de Conferencia Sectorial de 29 de diciembre 2023. En dicho acuerdo vienen singularizadas las entidades locales, sus PSTD y el importe correspondiente a
cada uno de ellos, entre otros extremos, dentro de la Convocatoria 2023 del Programa Extraordinario de Sostenibilidad Turística en Destino dirigida a Entidades Locales y en el
marco del procedimiento estatal articulado en la Estrategia de Sostenibilidad Turística en
BOCM-20240520-26
Objeto