C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240520-26)
Concesión subvenciones – Orden 858/2024, de 6 de mayo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, para la concesión de una subvención directa al Ayuntamiento de Colmenar de Oreja, para la ejecución de su “Plan de sostenibilidad turística en destino” que forma parte del correspondiente “Plan territorial de la Comunidad de Madrid 2023”, a cargo del Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Fondos de la Unión Europea-Next Generation EU)
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BOCM
Pág. 148
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 20 DE MAYO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 119
Deberá cumplir con las obligaciones reflejadas en el artículo 14 de la Ley38/2003,
de 17 de noviembre, así como lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 2/1995, de 8
de marzo, sobre las obligaciones de los beneficiarios. En este sentido, la acreditación de hallarse al corriente de sus obligaciones fiscales y frente a la Seguridad
Social se hará mediante certificado emitido por cada una de las entidades correspondientes o bien mediante autorización expresa a la Comunidad de Madrid para
realizar la consulta de dichos datos. Igualmente deberá incluir una declaración responsable respecto a la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actuaciones subvencionadas.
5. Asimismo, se compromete a:
a) Contribuir al cumplimiento de los Hitos y Objetivos (en adelante, HyO CID) descritos en la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España 2021/0156 Consejo y
su correspondiente adenda aprobada el 17 de octubre de 2023; así como a los HyO
descritos en la Decisión de la Comisión en la que se aprueban los Operational
Arrangements entre la Comisión y España, en concordancia con la Regulación
(EU) 2021/241 (en adelante, HyO OA) (1), y los HyO de gestión (críticos y no críticos) definidos en la Orden 1030/2021, de 29 de septiembre.
En concreto, deberá atenderse al cumplimiento de:
— Hito CID 220, relativo a la finalización de los Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos. Las Comisiones de Seguimiento se asegurarán de que todos
los destinos beneficiarios logren como mínimo los siguientes porcentajes de
ejecución de cada Plan de Sostenibilidad Turística. Ejecución del 15 por 100
en el cuarto trimestre del año 2024.
— Hito CID 221, relativo a la finalización de los proyectos incluidos en los Planes Territoriales de Sostenibilidad Turística en Destinos. El 35 por 100 de dichos fondos se destinarán a financiar medidas que aborden la transición verde, la sostenibilidad y la eficiencia energética/electromovilidad en los
destinos, de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación de principio
de DNSH, mediante el uso de una lista de exclusiones y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional, así
como según el reparto estipulado en las bases de la convocatoria (Estrategia
de Sostenibilidad Turística en Destino).
b) Para el cumplimiento de estos Hitos y Objetivos, el PSTD de la entidad beneficiaria
contará con una concreción detallada de Hitos y Objetivos de gestión (críticos y no
críticos), en la manera y con los procedimientos previstos en la Orden 1030/2021,
de 29 de septiembre.
Así en lo referente los establecidos por la Comunidad de Madrid, deberá cumplir
los siguientes:
HyO Críticos:
— Ejecución del 15 por 100 en el segundo semestre del año 2024 y presentación
de certificado de cumplimiento emitido por Entidad Gestora del PSTD de referencia.
— Ejecución del 100 por 100 el 31 de marzo de 2026 y presentación de certificado de cumplimiento emitido por la Entidad Gestora del PSTD de referencia.
HyO no Críticos:
— Celebración de una reunión de seguimiento en el año 2024 y remisión de la
correspondiente acta.
— Celebración de dos reuniones de seguimiento en el año 2025 y remisión de las
correspondientes actas.
— Celebración de una reunión de seguimiento en el año 2026 y remisión de la
correspondiente acta.
(1) https://www.lamoncloa.gob.es/serviciosdeprensa/notasprensa/hacienda/Documents/2021/101121CountersignedESFirstCopy.pdf
BOCM-20240520-26
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 20 DE MAYO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 119
Deberá cumplir con las obligaciones reflejadas en el artículo 14 de la Ley38/2003,
de 17 de noviembre, así como lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 2/1995, de 8
de marzo, sobre las obligaciones de los beneficiarios. En este sentido, la acreditación de hallarse al corriente de sus obligaciones fiscales y frente a la Seguridad
Social se hará mediante certificado emitido por cada una de las entidades correspondientes o bien mediante autorización expresa a la Comunidad de Madrid para
realizar la consulta de dichos datos. Igualmente deberá incluir una declaración responsable respecto a la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actuaciones subvencionadas.
5. Asimismo, se compromete a:
a) Contribuir al cumplimiento de los Hitos y Objetivos (en adelante, HyO CID) descritos en la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España 2021/0156 Consejo y
su correspondiente adenda aprobada el 17 de octubre de 2023; así como a los HyO
descritos en la Decisión de la Comisión en la que se aprueban los Operational
Arrangements entre la Comisión y España, en concordancia con la Regulación
(EU) 2021/241 (en adelante, HyO OA) (1), y los HyO de gestión (críticos y no críticos) definidos en la Orden 1030/2021, de 29 de septiembre.
En concreto, deberá atenderse al cumplimiento de:
— Hito CID 220, relativo a la finalización de los Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos. Las Comisiones de Seguimiento se asegurarán de que todos
los destinos beneficiarios logren como mínimo los siguientes porcentajes de
ejecución de cada Plan de Sostenibilidad Turística. Ejecución del 15 por 100
en el cuarto trimestre del año 2024.
— Hito CID 221, relativo a la finalización de los proyectos incluidos en los Planes Territoriales de Sostenibilidad Turística en Destinos. El 35 por 100 de dichos fondos se destinarán a financiar medidas que aborden la transición verde, la sostenibilidad y la eficiencia energética/electromovilidad en los
destinos, de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación de principio
de DNSH, mediante el uso de una lista de exclusiones y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional, así
como según el reparto estipulado en las bases de la convocatoria (Estrategia
de Sostenibilidad Turística en Destino).
b) Para el cumplimiento de estos Hitos y Objetivos, el PSTD de la entidad beneficiaria
contará con una concreción detallada de Hitos y Objetivos de gestión (críticos y no
críticos), en la manera y con los procedimientos previstos en la Orden 1030/2021,
de 29 de septiembre.
Así en lo referente los establecidos por la Comunidad de Madrid, deberá cumplir
los siguientes:
HyO Críticos:
— Ejecución del 15 por 100 en el segundo semestre del año 2024 y presentación
de certificado de cumplimiento emitido por Entidad Gestora del PSTD de referencia.
— Ejecución del 100 por 100 el 31 de marzo de 2026 y presentación de certificado de cumplimiento emitido por la Entidad Gestora del PSTD de referencia.
HyO no Críticos:
— Celebración de una reunión de seguimiento en el año 2024 y remisión de la
correspondiente acta.
— Celebración de dos reuniones de seguimiento en el año 2025 y remisión de las
correspondientes actas.
— Celebración de una reunión de seguimiento en el año 2026 y remisión de la
correspondiente acta.
(1) https://www.lamoncloa.gob.es/serviciosdeprensa/notasprensa/hacienda/Documents/2021/101121CountersignedESFirstCopy.pdf
BOCM-20240520-26
i)