D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240518-8)
Convenio –  Convenio de 3 de mayo de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Española de Baloncesto, para colaborar en la celebración de un partido de la Selección Española de Baloncesto
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 118

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 18 DE MAYO DE 2024

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El adjudicatario de la instalación cuenta en su estructura con un departamento de seguridad, quien participará, en colaboración con la Federación, en la redacción y aplicación
del citado plan de seguridad del evento, creado sobre la base del plan de autoprotección del
WiZink Center. La vigilancia y protección del WiZink Center está encomendada por el adjudicatario de la instalación a la entidad de seguridad Liconsur, que deberá ser la empresa
proveedora del personal de seguridad. La Federación contactará directamente con el Director de Seguridad del recinto, dándole traslado de toda la información que precise relacionada con la seguridad.
En el caso de que los equipos participantes quisiesen llevar un equipo de protección
propio, este deberá coordinarse con el Director de Seguridad del WiZink Center sin que, en
ningún momento, los planes o sistemas de protección de la Federación o de los profesionales intervinientes, puedan interferir, poner en dificultades o interceptar los Sistemas de Seguridad del WiZink Center.
El control de acceso/lectura de entradas se realizará a través de la empresa que el adjudicatario de la instalación designe, como garante de la seguridad y control del aforo en el recinto que actualmente está encomendada a D1N1 Services. Dicha lectura será online, a través
de lectores conectados por cable (no wifi) con datos en tiempo real online cuya información
será facilitada a la Federación y a la Comunidad de Madrid en todo momento que lo soliciten.
Serán, asimismo, responsabilidad de la Dirección de Seguridad del WiZink Center los
servicios sanitarios y demás servicios legalmente necesarios que garanticen la cobertura médico-sanitaria y de emergencias del evento para espectadores, en colaboración con la Federación.
La Federación, asimismo, se obliga a recabar todos los permisos oficiales necesarios
para la celebración del partido, así como para la reserva del espacio público necesario y para
cualquier otra necesidad (montaje y desmontaje, paso de vehículos, unidades móviles de televisión, aparcamientos, espacios publicitarios, refuerzos de limpieza, policía, etc.), así
como del pago, en su caso, de todos los gravámenes y tasas que fueran de aplicación.
Sin perjuicio de lo previsto anteriormente, la Federación se responsabilizará de que el
evento disponga de las pólizas de seguros de responsabilidad civil necesarios, según la normativa vigente, así como cuantos permisos o autorizaciones administrativas sean preceptivos, y del cumplimiento de las exigencias federativas que, en su caso, se establezcan. En
todo caso y de forma expresa, la Federación mantendrá indemne a la Comunidad de Madrid
de toda responsabilidad frente a terceros, participantes o espectadores, que pudiera derivarse de la celebración del partido.
Tercera
La Comunidad de Madrid asume expresamente, con la firma del presente convenio, las
siguientes obligaciones:
1. La Comunidad de Madrid respetará las normas de carácter deportivo que sobre este
tipo de encuentros internacionales recoja la reglamentación federativa correspondiente.
2. La Comunidad de Madrid pondrá a disposición de la Federación, sin coste de alquiler, el uso el WiZink Center de la Comunidad de Madrid, desde las 08:00 horas del día 24 de
junio de 2024 (para montaje y entrenamientos) y hasta las 04:00 horas del día 26 de junio
de 2024, de acuerdo a lo establecido en la cláusula VII de las prescripciones técnicas particulares del contrato de gestión del recinto entre la Comunidad de Madrid e Impulsa Eventos e Instalaciones, S. A.
La Federación declara conocer que la gestión de la instalación se realiza a través de la
sociedad Impulsa Eventos e Instalaciones, S. A., por contrato administrativo especial para
su gestión. En cualquier caso, la Comunidad de Madrid garantiza que dicho contrato permite el cumplimiento de las obligaciones que asume en el presente convenio.
Impulsa Eventos e Instalaciones S.A, con base en su compromiso por la celebración
de deporte de alta competición en el WiZink Center, ha cedido el uso de la instalación a la
Comunidad de Madrid para la celebración de este partido, sin costes de alquiler ni para la
Comunidad de Madrid ni para la Federación, organizadora del partido, tal y como consta
en el certificado de fecha 6 de marzo de 2024. De igual forma, Impulsa, Eventos e Instalaciones, S. A., asume el coste de los servicios, tanto personales como técnicos, para la celebración de este partido en los apartados siguientes:
— Coordinador de producción.
— Personal de mantenimiento de la instalación.
— Pista de baloncesto.

BOCM-20240518-8

Obligaciones de la Comunidad de Madrid