D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240518-8)
Convenio –  Convenio de 3 de mayo de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Española de Baloncesto, para colaborar en la celebración de un partido de la Selección Española de Baloncesto
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 118

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 18 DE MAYO DE 2024

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cándose dichos datos a terceras personas salvo orden judicial y protegiéndose en
todo momento su integridad y confidencialidad. Los datos serán mantenidos de
acuerdo con los plazos de conservación establecidos por la legislación aplicable. A
los efectos del ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación y portabilidad de datos, el representante de cada una de las partes debe dirigirse
al Delegado de Protección de Datos de la Federación en la dirección electrónica
dpd@feb.es , o bien en la dirección postal Avenida de Burgos, número 8, novena planta, 28036 Madrid, acreditando previamente su identidad conforme a Derecho en
la citada comunicación. En cumplimiento del artículo 13.2.d) del RGPD se informa
a los representantes de las partes y firmantes del presente convenio que en caso de
que consideren que cualquiera de las partes ha vulnerado sus derechos en materia de
protección de datos personales puede interponer denuncia ante la Agencia Española
de Protección de Datos o ante cualquier otra Autoridad de Control Europea.
Décima
Régimen jurídico y jurisdicción

BOCM-20240518-8

El presente convenio se halla excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de
noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transpone al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE,
de 26 de febrero de 2014, en virtud de lo establecido en el artículo 6.2 del referido cuerpo legal, quedando sujeto a las normas imperativas de Derecho Público que regulan los convenios y, en concreto, a lo previsto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre.
La posibilidad de su realización se halla contemplada en la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, y el artículo 11 del Decreto 264/2023,
de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.
La Jurisdicción Contencioso-Administrativa será la competente para resolver cuantas
cuestiones litigiosas pudieran suscitarse entre las partes en el desarrollo del presente convenio, dada su naturaleza administrativa.
Ninguna cláusula de este convenio podrá ser interpretada en un sentido que menoscabe el ejercicio de las competencias legalmente atribuidas a cada una de las partes.
En prueba de conformidad se firma por ambas partes a un solo efecto y en el lugar y
fecha indicados.
Madrid, a 3 de mayo de 2024.—Por la Comunidad de Madrid, Antonio Guerrero
Olea.—Por la Federación Española de Baloncesto, Elisa Aguilar López.
(03/6.855/24)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791