Gascones (BOCM-20240517-66)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 117
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 17 DE MAYO DE 2024
Pág. 271
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
66
GASCONES
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20240517-66
Por el Ayuntamiento de Gascones, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de abril
de 2024, se aprobó provisionalmente la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del
impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se convoca por plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente de la inserción de este
anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que las personas interesadas puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier persona interesada en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Asimismo, estará a disposición de las personas interesadas en la sede electrónica de
esta entidad: https://sedegascones.eadministracion.es/PortalCiudadano/Tablon
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Gascones, a 7 de mayo de 2024.—El alcalde-presidente, Jesús Manuel Romero.
(03/6.994/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 117
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 17 DE MAYO DE 2024
Pág. 271
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
66
GASCONES
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20240517-66
Por el Ayuntamiento de Gascones, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de abril
de 2024, se aprobó provisionalmente la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del
impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se convoca por plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente de la inserción de este
anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que las personas interesadas puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier persona interesada en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Asimismo, estará a disposición de las personas interesadas en la sede electrónica de
esta entidad: https://sedegascones.eadministracion.es/PortalCiudadano/Tablon
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Gascones, a 7 de mayo de 2024.—El alcalde-presidente, Jesús Manuel Romero.
(03/6.994/24)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791