Torrelodones (BOCM-20240517-83)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
VIERNES 17 DE MAYO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 117
sitores indicado en el criterio 1. No obstante, y únicamente en el caso de no poder completar el número de aprobados en el criterio 1 de determinará con efecto inmediato la nota de
corte igual a 5 puntos sin más requisitos, y todo aquel que supere o iguale dicha nota será
considerado apto en el primer ejercicio del proceso selectivo.
El orden de actuación de los y las aspirantes se iniciará alfabéticamente por la letra que
resulte del sorteo público celebrado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública para el año correspondiente.
Salvo en casos de fuerza mayor, justificados y apreciados por el Tribunal con absoluta libertad de criterio, la no presentación de un aspirante a cualquiera de los ejercicios obligatorios en el momento de ser llamado determinará automáticamente el decaimiento en su
derecho a participar en el mismo ejercicio y en los sucesivos, quedando excluido en consecuencia del proceso selectivo.
Contra el resultado de cada una de las fases del proceso se abrirá un plazo de diez días
hábiles para presentar alegaciones, reclamaciones o revisión de examen, sin que dicho plazo interrumpa la continuidad de proceso. Todo ello sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos que procedan en los casos estipulados legalmente dentro del proceso.
Transcurso de plazo mínimo entre las pruebas; debe tenerse en cuenta que desde la terminación de una y el comienzo de la siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas.
Las mujeres embarazadas que prevean que, por las circunstancias derivadas de su
avanzado estado de gestación y previsión de parto, o eventualmente primeros días del puerperio, su coincidencia con las fechas de realización de cualquiera de los exámenes o pruebas previstos en el proceso selectivo podrán ponerlo en conocimiento del tribunal, uniendo
a la comunicación el correspondiente informe médico oficial. La comunicación deberá realizarse con el tiempo suficiente y el tribunal determinará con base a la información de que
se disponga, si procede o no realizar la prueba en lugar alternativo o bien un aplazamiento
de la prueba, o bien ambas medidas conjuntamente.
8. Lista de seleccionados y propuesta del tribunal
La calificación final de la fase de oposición libre será la suma de las calificaciones finales obtenidas en las pruebas de naturaleza puntuable, quedando eliminados quienes no
hayan superado cada una de las pruebas. El orden de colocación de los y las aspirantes en
la lista definitiva de aprobados se establecerá de mayor a menor puntuación una vez sumada la fase de concurso. Los empates se resolverán atendiendo a la mejor calificación en las
pruebas por el siguiente orden: calificación en el test de conocimientos, calificación en las
pruebas físicas por el orden establecido en las bases.
Finalizada la fase de concurso-oposición el Tribunal hará público en el tablón de anuncios,
Sede Electrónica y página web del Ayuntamiento de Torrelodones, el acta con el listado final, con notas parciales de cada una de las fases del proceso y calificación final alcanzada,
así como la propuesta provisional de aspirantes que superan la fase del concurso-oposición.
Hecha pública la relación provisional de aprobados/as, podrá interponerse, en el plazo de
diez días hábiles, alegaciones contra el resultado. Resueltas las reclamaciones, si las hubiera, el Tribunal hará público la lista definitiva de aspirantes que superan la fase de concurso-oposición, por orden de puntuación, en el tablón de anuncios, Sede Electrónica y página web del Ayuntamiento de Torrelodones. De no presentarse reclamaciones quedará
elevada a definitiva la propuesta provisional. La propuesta definitiva se elevará al órgano
competente para que proceda al nombramiento como policías en prácticas.
Superarán la fase de concurso-oposición quienes habiendo aprobado todos y cada uno
de los ejercicios de dicha fase, obtengan las calificaciones más altas hasta alcanzar como
máximo el total de plazas convocadas, salvo lo dispuesto en la base 1.2 para el caso de que
las plazas convocadas por el turno de movilidad no queden cubiertas.
No obstante, lo anterior y con el fin de asegurar la cobertura de las plazas convocadas,
cuando se produzcan renuncias de los y las aspirantes seleccionados antes de su nombramiento como funcionarios en prácticas, el órgano convocante podrá requerir del Tribunal
relación complementaria de los y las aspirantes que, habiendo superado todos los ejercicios
de la fase de oposición, sigan a los propuestos para su posible nombramiento como funcionarios en prácticas.
BOCM-20240517-83
Pág. 312
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 17 DE MAYO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 117
sitores indicado en el criterio 1. No obstante, y únicamente en el caso de no poder completar el número de aprobados en el criterio 1 de determinará con efecto inmediato la nota de
corte igual a 5 puntos sin más requisitos, y todo aquel que supere o iguale dicha nota será
considerado apto en el primer ejercicio del proceso selectivo.
El orden de actuación de los y las aspirantes se iniciará alfabéticamente por la letra que
resulte del sorteo público celebrado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública para el año correspondiente.
Salvo en casos de fuerza mayor, justificados y apreciados por el Tribunal con absoluta libertad de criterio, la no presentación de un aspirante a cualquiera de los ejercicios obligatorios en el momento de ser llamado determinará automáticamente el decaimiento en su
derecho a participar en el mismo ejercicio y en los sucesivos, quedando excluido en consecuencia del proceso selectivo.
Contra el resultado de cada una de las fases del proceso se abrirá un plazo de diez días
hábiles para presentar alegaciones, reclamaciones o revisión de examen, sin que dicho plazo interrumpa la continuidad de proceso. Todo ello sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos que procedan en los casos estipulados legalmente dentro del proceso.
Transcurso de plazo mínimo entre las pruebas; debe tenerse en cuenta que desde la terminación de una y el comienzo de la siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas.
Las mujeres embarazadas que prevean que, por las circunstancias derivadas de su
avanzado estado de gestación y previsión de parto, o eventualmente primeros días del puerperio, su coincidencia con las fechas de realización de cualquiera de los exámenes o pruebas previstos en el proceso selectivo podrán ponerlo en conocimiento del tribunal, uniendo
a la comunicación el correspondiente informe médico oficial. La comunicación deberá realizarse con el tiempo suficiente y el tribunal determinará con base a la información de que
se disponga, si procede o no realizar la prueba en lugar alternativo o bien un aplazamiento
de la prueba, o bien ambas medidas conjuntamente.
8. Lista de seleccionados y propuesta del tribunal
La calificación final de la fase de oposición libre será la suma de las calificaciones finales obtenidas en las pruebas de naturaleza puntuable, quedando eliminados quienes no
hayan superado cada una de las pruebas. El orden de colocación de los y las aspirantes en
la lista definitiva de aprobados se establecerá de mayor a menor puntuación una vez sumada la fase de concurso. Los empates se resolverán atendiendo a la mejor calificación en las
pruebas por el siguiente orden: calificación en el test de conocimientos, calificación en las
pruebas físicas por el orden establecido en las bases.
Finalizada la fase de concurso-oposición el Tribunal hará público en el tablón de anuncios,
Sede Electrónica y página web del Ayuntamiento de Torrelodones, el acta con el listado final, con notas parciales de cada una de las fases del proceso y calificación final alcanzada,
así como la propuesta provisional de aspirantes que superan la fase del concurso-oposición.
Hecha pública la relación provisional de aprobados/as, podrá interponerse, en el plazo de
diez días hábiles, alegaciones contra el resultado. Resueltas las reclamaciones, si las hubiera, el Tribunal hará público la lista definitiva de aspirantes que superan la fase de concurso-oposición, por orden de puntuación, en el tablón de anuncios, Sede Electrónica y página web del Ayuntamiento de Torrelodones. De no presentarse reclamaciones quedará
elevada a definitiva la propuesta provisional. La propuesta definitiva se elevará al órgano
competente para que proceda al nombramiento como policías en prácticas.
Superarán la fase de concurso-oposición quienes habiendo aprobado todos y cada uno
de los ejercicios de dicha fase, obtengan las calificaciones más altas hasta alcanzar como
máximo el total de plazas convocadas, salvo lo dispuesto en la base 1.2 para el caso de que
las plazas convocadas por el turno de movilidad no queden cubiertas.
No obstante, lo anterior y con el fin de asegurar la cobertura de las plazas convocadas,
cuando se produzcan renuncias de los y las aspirantes seleccionados antes de su nombramiento como funcionarios en prácticas, el órgano convocante podrá requerir del Tribunal
relación complementaria de los y las aspirantes que, habiendo superado todos los ejercicios
de la fase de oposición, sigan a los propuestos para su posible nombramiento como funcionarios en prácticas.
BOCM-20240517-83
Pág. 312
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID