Galapagar (BOCM-20240516-75)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOCM
Pág. 268
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 16 DE MAYO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 116
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
75
GALAPAGAR
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20240516-75
Suplencia de la alcaldesa.
Por decreto de Alcaldía número 1495/2024, de 29 de abril, la alcaldesa-presidente
D.a Carla Isabel Greciano Barrado, en virtud de las facultades atribuidas a la Alcaldía en
el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local,
ha resuelto:
Primero.—Delegar en D. Ángel Camacho Lázaro, primer teniente de alcalde, la totalidad de las funciones de la Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 de la LRBRL, el
día 3 de mayo de 2024.
Segundo.—Disponer que este decreto no supone ninguna modificación en relación
con el decreto de Alcaldía número 714/2024, de 23 de febrero, dictado sobre áreas de gobierno, nombramientos de tenientes de alcalde y concejales delegados; así como en los
miembros integrantes de la Junta de Gobierno Local.
Tercero.—La presente disposición será efectiva desde el día de la firma y los interesados dispondrán de un plazo de tres (3) días para la aceptación de la misma, entendiéndose
aceptada desde el momento en que ejerciten las pertinentes funciones.
Cuarto.—Esta resolución sea notificada a los portavoces de los grupos municipales y
a los departamentos del Ayuntamiento para el despacho de las firmas.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cualquier interesado podrá interponer los siguientes recursos:
a) Con carácter potestativo un recurso de reposición que deberá presentar dentro del
plazo de un (1) mes a contar desde el día siguiente a aquel en el que se notifique
esta resolución, según lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
b) Un recurso contencioso administrativo ante los juzgados de lo contencioso administrativo de la ciudad de Madrid, recurso que deberá presentar en el plazo de dos
(2) meses a contar desde el día siguiente a aquel en el que se notifique esta resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
No obstante lo anterior, podrá interponer cualquier reclamación o recurso que estime
pertinente, ante cualquier órgano o autoridad.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Galapagar, a 6 de mayo de 2024.—La alcaldesa-presidente, Carla I. Greciano Barrado.
(03/6.872/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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AYUNTAMIENTO DE
75
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Suplencia de la alcaldesa.
Por decreto de Alcaldía número 1495/2024, de 29 de abril, la alcaldesa-presidente
D.a Carla Isabel Greciano Barrado, en virtud de las facultades atribuidas a la Alcaldía en
el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local,
ha resuelto:
Primero.—Delegar en D. Ángel Camacho Lázaro, primer teniente de alcalde, la totalidad de las funciones de la Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 de la LRBRL, el
día 3 de mayo de 2024.
Segundo.—Disponer que este decreto no supone ninguna modificación en relación
con el decreto de Alcaldía número 714/2024, de 23 de febrero, dictado sobre áreas de gobierno, nombramientos de tenientes de alcalde y concejales delegados; así como en los
miembros integrantes de la Junta de Gobierno Local.
Tercero.—La presente disposición será efectiva desde el día de la firma y los interesados dispondrán de un plazo de tres (3) días para la aceptación de la misma, entendiéndose
aceptada desde el momento en que ejerciten las pertinentes funciones.
Cuarto.—Esta resolución sea notificada a los portavoces de los grupos municipales y
a los departamentos del Ayuntamiento para el despacho de las firmas.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cualquier interesado podrá interponer los siguientes recursos:
a) Con carácter potestativo un recurso de reposición que deberá presentar dentro del
plazo de un (1) mes a contar desde el día siguiente a aquel en el que se notifique
esta resolución, según lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
b) Un recurso contencioso administrativo ante los juzgados de lo contencioso administrativo de la ciudad de Madrid, recurso que deberá presentar en el plazo de dos
(2) meses a contar desde el día siguiente a aquel en el que se notifique esta resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
No obstante lo anterior, podrá interponer cualquier reclamación o recurso que estime
pertinente, ante cualquier órgano o autoridad.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Galapagar, a 6 de mayo de 2024.—La alcaldesa-presidente, Carla I. Greciano Barrado.
(03/6.872/24)
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