Aranjuez (BOCM-20240516-67)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 116
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 16 DE MAYO DE 2024
Pág. 259
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
67
ARANJUEZ
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20240516-67
Con fecha 22 de junio de 2023, esta Alcaldía-Presidencia dictó resolución número 2023/2722, en virtud de la cual se delegan, de forma genérica, una serie de competencias
en el concejal-delegado D. José González Granados.
Visto que dicha delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así
como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de
actos administrativos que afecten a terceros.
Considerando lo dispuesto por el artículo 10.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público: “Los órganos superiores podrán avocar para sí el conocimiento de uno o varios asuntos cuya resolución corresponda ordinariamente o por delegación a sus órganos administrativos dependientes, cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente”.
Atendiendo a circunstancias de índole personal, resulta conveniente avocar el ejercicio
de todas las competencias en los procedimientos relativos a las materias de planificación y
gestión ambiental, biodiversidad, espacios naturales, medio forestal, proyectos e infraestructuras verde y azul y patrimonio histórico.
Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 10 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 43, 44, 45, 114 a 118,
120 y 121 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, resuelvo:
Primero.—Avocar todas las competencias asumidas por el concejal-delegado General de
Planificación y Gestión Ambiental, Biodiversidad, Espacios Naturales, Medio Forestal, Proyectos e Infraestructuras Verde y Azul y Patrimonio Histórico, D. José González Granados.
Segundo.—Aprobar las delegaciones en materias y políticas públicas de planificación
y gestión ambiental, biodiversidad, espacios naturales, medio forestal, proyectos e infraestructuras verde y azul y patrimonio histórico, en el concejal-delegado General D. Miguel Gómez Herrero, desde el mismo día de la firma de la presente resolución.
Tercero.—Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, sin perjuicio de que surta efectos desde el mismo día de su firma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Cuarto.—Notificar la presente resolución a D. José González Granados y D. Miguel
Gómez Herrero, de conformidad con lo establecido en el artículo 10.2 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Quinto.—Dar cuenta de la presente resolución al Pleno del Ayuntamiento a efectos de
que quede enterado de su contenido, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.4 en
relación con el 38.d) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico
de las Entidades Locales.
Aranjuez, a 6 de mayo de 2024.—La alcaldesa-presidenta, María José Martínez de la
Fuente.
(03/6.904/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 116
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JUEVES 16 DE MAYO DE 2024
Pág. 259
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
67
ARANJUEZ
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20240516-67
Con fecha 22 de junio de 2023, esta Alcaldía-Presidencia dictó resolución número 2023/2722, en virtud de la cual se delegan, de forma genérica, una serie de competencias
en el concejal-delegado D. José González Granados.
Visto que dicha delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así
como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de
actos administrativos que afecten a terceros.
Considerando lo dispuesto por el artículo 10.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público: “Los órganos superiores podrán avocar para sí el conocimiento de uno o varios asuntos cuya resolución corresponda ordinariamente o por delegación a sus órganos administrativos dependientes, cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente”.
Atendiendo a circunstancias de índole personal, resulta conveniente avocar el ejercicio
de todas las competencias en los procedimientos relativos a las materias de planificación y
gestión ambiental, biodiversidad, espacios naturales, medio forestal, proyectos e infraestructuras verde y azul y patrimonio histórico.
Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 10 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 43, 44, 45, 114 a 118,
120 y 121 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, resuelvo:
Primero.—Avocar todas las competencias asumidas por el concejal-delegado General de
Planificación y Gestión Ambiental, Biodiversidad, Espacios Naturales, Medio Forestal, Proyectos e Infraestructuras Verde y Azul y Patrimonio Histórico, D. José González Granados.
Segundo.—Aprobar las delegaciones en materias y políticas públicas de planificación
y gestión ambiental, biodiversidad, espacios naturales, medio forestal, proyectos e infraestructuras verde y azul y patrimonio histórico, en el concejal-delegado General D. Miguel Gómez Herrero, desde el mismo día de la firma de la presente resolución.
Tercero.—Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, sin perjuicio de que surta efectos desde el mismo día de su firma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Cuarto.—Notificar la presente resolución a D. José González Granados y D. Miguel
Gómez Herrero, de conformidad con lo establecido en el artículo 10.2 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Quinto.—Dar cuenta de la presente resolución al Pleno del Ayuntamiento a efectos de
que quede enterado de su contenido, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.4 en
relación con el 38.d) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico
de las Entidades Locales.
Aranjuez, a 6 de mayo de 2024.—La alcaldesa-presidenta, María José Martínez de la
Fuente.
(03/6.904/24)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791