Nuevo Baztán (BOCM-20240516-80)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 116

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 16 DE MAYO DE 2024

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
80

NUEVO BAZTÁN
OFERTAS DE EMPLEO

BOCM-20240516-80

Habiéndose publicado el anuncio de aprobación de las bases específicas del puesto de trabajador social, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 305, de 23 de
diciembre de 2022.
Habiéndose aprobado por resolución de alcaldía número 2024-0079, de 16 de enero de 2024, la rectificación de las bases específicas del puesto de trabajador social, incluido en el proceso de estabilización de empleo temporal, por resolución estimativa del
recurso interpuesto contra las mismas, se procede a efectuar el presente anuncio, señalando que se procede a eliminar el apartado 6.1.3 de las mismas y a modificar la puntuación del apartado 6.1.2 “manejo del sistema SIUSS”, que pasa de 10 puntos a 20 puntos.
Y se rectifican las bases en la experiencia donde dice “en empresa privada” debe decir
“empresa pública”.
Asimismo, la presente rectificación se publicará en la Sede Electrónica del este Ayuntamiento: http://nuevobaztan.sedelectronica.es
Contra la presente rectificación de las bases, que ponen fin a la vía administrativa, se
puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes
a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante alcaldesa-presidenta de este Ayuntamiento de Nuevo Baztán, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Madrid o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica
en otro lugar, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del
presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea
resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
En Nuevo Baztán, a 17 de enero de 2024.—La alcaldesa-presidenta, Gemma Pacheco
Huertas.
(02/962/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791