B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 (BOCM-20240516-27)
Convocatoria curso selectivo – Resolución de 29 de abril de 2024, del Director General de Emergencias, por la que se da publicidad al calendario, programa y regulación del curso selectivo, elaborado dando cumplimiento a lo dispuesto en la Orden 681/2021, de 30 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal funcionario para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Especialidad de Comunicaciones, Categoría de Operador, Grupo C, Subgrupo C1
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 142
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 16 DE MAYO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 116
d Hacer uso puntual y al inicio de cada actividad de la uniformidad y EPI que en
cada caso pudieran corresponder de acuerdo con lo previsto por el instructor o
responsable de la actividad.
d Cumplir las normas de comportamiento y funcionamiento de aquellas instalaciones donde se realicen las actividades formativas. A tal efecto debe entenderse prohibido:
— Fumar en las aulas y vestuarios, observándose en todo caso las prohibiciones específicas al respecto que haya en las diferentes dependencias de cada Centro en donde se desarrolle la acción formativa.
— El consumo de alcohol y otras drogas que puedan ser dañinas para la salud del
alumno y afectar al buen funcionamiento y desarrollo del curso.
— Comer dentro de las aulas y zonas de maniobras salvo autorización. Estará permitido beber agua y/o líquido isotónico.
— Utilizar telefonía móvil o cualquier otro dispositivo electrónico no autorizado durante las clases y exámenes.
— Realizar filmaciones de video/audio o tomar fotografías salvo autorización expresa.
— Utilizar el uniforme fuera de las actividades propuestas a lo largo del período de
formación. No podrá vestirse en los desplazamientos salvo autorización expresa
del Servicio de Formación.
— Los adornos, complementos externos y similares que supongan o puedan suponer
algún riesgo para la integridad física del alumno. Será el Servicio de Formación
de Bomberos el que en cada caso lo determine.
Durante el desarrollo de las unidades formativas impartidas en el Instituto de Formación Integral en Seguridad y Emergencias (IFISE) deberá darse un estricto cumplimiento a
las normas de funcionamiento interno de dicho centro.
Sanciones
El incumplimiento de cualquiera de los deberes y obligaciones del alumno supondrá
la emisión de un apercibimiento escrito si es que se trata de una primera vez y no puede entenderse como una acción u omisión de gravedad.
A partir de la consecución de un segundo incumplimiento que se produzca durante el
curso, sea/n de la misma o distinta naturaleza, se aplicará la penalización de puntuación que
corresponda de acuerdo con el siguiente baremo:
— 10 por 100 de penalización por cada incumplimiento sobre el 100 por 100 de la puntuación total del parcial.
— 20 por 100 de penalización por cada incumplimiento sobre el 100 por 100 de la puntuación total del parcial, cuando se trate de una falsificación del control de asistencia o cualquier forma de suplantación de identidad, o cuando se justifique por parte
del Servicio de Formación la gravedad del suceso con perjuicio igualmente grave
para el proceso, el personal, las instalaciones o los equipos.
Aptitud y capacidad funcional
Si durante el desarrollo del curso selectivo, se tuviera conocimiento o dudas fundadas
de que alguno de los aspirantes pudiera carecer de la capacidad funcional necesaria para el
desempeño de las tareas y funciones habituales de la categoría objeto de la convocatoria, se
procederá de conformidad con lo dispuesto en la base 7.3.3 de la Orden 681/2021, de 30 de
noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, para estos supuestos.
De conformidad con lo previsto en la base 7.3.4 de la Orden 681/2021, de 30 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, los aspirantes que no pudieran realizar el curso por causa de fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada por la
Administración, podrán efectuarlo previa solicitud en la convocatoria siguiente, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.
En Las Rozas, a 29 de abril de 2024.—El Director General de Emergencias, Pablo
Cristóbal Mayoral.
BOCM-20240516-27
Fuerza mayor
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 16 DE MAYO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 116
d Hacer uso puntual y al inicio de cada actividad de la uniformidad y EPI que en
cada caso pudieran corresponder de acuerdo con lo previsto por el instructor o
responsable de la actividad.
d Cumplir las normas de comportamiento y funcionamiento de aquellas instalaciones donde se realicen las actividades formativas. A tal efecto debe entenderse prohibido:
— Fumar en las aulas y vestuarios, observándose en todo caso las prohibiciones específicas al respecto que haya en las diferentes dependencias de cada Centro en donde se desarrolle la acción formativa.
— El consumo de alcohol y otras drogas que puedan ser dañinas para la salud del
alumno y afectar al buen funcionamiento y desarrollo del curso.
— Comer dentro de las aulas y zonas de maniobras salvo autorización. Estará permitido beber agua y/o líquido isotónico.
— Utilizar telefonía móvil o cualquier otro dispositivo electrónico no autorizado durante las clases y exámenes.
— Realizar filmaciones de video/audio o tomar fotografías salvo autorización expresa.
— Utilizar el uniforme fuera de las actividades propuestas a lo largo del período de
formación. No podrá vestirse en los desplazamientos salvo autorización expresa
del Servicio de Formación.
— Los adornos, complementos externos y similares que supongan o puedan suponer
algún riesgo para la integridad física del alumno. Será el Servicio de Formación
de Bomberos el que en cada caso lo determine.
Durante el desarrollo de las unidades formativas impartidas en el Instituto de Formación Integral en Seguridad y Emergencias (IFISE) deberá darse un estricto cumplimiento a
las normas de funcionamiento interno de dicho centro.
Sanciones
El incumplimiento de cualquiera de los deberes y obligaciones del alumno supondrá
la emisión de un apercibimiento escrito si es que se trata de una primera vez y no puede entenderse como una acción u omisión de gravedad.
A partir de la consecución de un segundo incumplimiento que se produzca durante el
curso, sea/n de la misma o distinta naturaleza, se aplicará la penalización de puntuación que
corresponda de acuerdo con el siguiente baremo:
— 10 por 100 de penalización por cada incumplimiento sobre el 100 por 100 de la puntuación total del parcial.
— 20 por 100 de penalización por cada incumplimiento sobre el 100 por 100 de la puntuación total del parcial, cuando se trate de una falsificación del control de asistencia o cualquier forma de suplantación de identidad, o cuando se justifique por parte
del Servicio de Formación la gravedad del suceso con perjuicio igualmente grave
para el proceso, el personal, las instalaciones o los equipos.
Aptitud y capacidad funcional
Si durante el desarrollo del curso selectivo, se tuviera conocimiento o dudas fundadas
de que alguno de los aspirantes pudiera carecer de la capacidad funcional necesaria para el
desempeño de las tareas y funciones habituales de la categoría objeto de la convocatoria, se
procederá de conformidad con lo dispuesto en la base 7.3.3 de la Orden 681/2021, de 30 de
noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, para estos supuestos.
De conformidad con lo previsto en la base 7.3.4 de la Orden 681/2021, de 30 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, los aspirantes que no pudieran realizar el curso por causa de fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada por la
Administración, podrán efectuarlo previa solicitud en la convocatoria siguiente, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.
En Las Rozas, a 29 de abril de 2024.—El Director General de Emergencias, Pablo
Cristóbal Mayoral.
BOCM-20240516-27
Fuerza mayor