B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 (BOCM-20240516-27)
Convocatoria curso selectivo –  Resolución de 29 de abril de 2024, del Director General de Emergencias, por la que se da publicidad al calendario, programa y regulación del curso selectivo, elaborado dando cumplimiento a lo dispuesto en la Orden 681/2021, de 30 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal funcionario para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Especialidad de Comunicaciones, Categoría de Operador, Grupo C, Subgrupo C1
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 16 DE MAYO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 116

Sistema de evaluación
En virtud dela base 7.3.3 de la Orden 681/2021, de 30 de noviembre, de la Consejería
de Economía, Hacienda y Empleo, para superar el curso selectivo los aspirantes que participen en el mismo deberán aprobar todas las unidades formativas que lo compongan, así
como las diferentes actividades prácticas que se realicen en el mismo.
El sistema de evaluación tendrá un carácter continuo y se realizará en dos exámenes
parciales que aglutinen los contenidos impartidos para todos los aspirantes hasta la fecha de
dicho parcial.
Será obligatorio obtener la nota mínima exigible (el 50 por 100) en cada uno de los módulos evaluados, sin perjuicio de aquellas a las que corresponda una valoración Apto/No
apto (ver anexo).
La evaluación de los respectivos módulos se realizará a través de exámenes.
Exámenes
Serán teóricos y/o prácticos, dependiendo del tipo que se considere más apropiado según el contenido temático:
— Los exámenes teóricos consistirán en contestar un cuestionario de preguntas con
respuestas alternativas y/o en el desarrollo de uno o varios temas por escrito.
— Los exámenes prácticos consistirán en demostraciones o maniobras de acuerdo a
la aplicación de los criterios de evaluación según las capacidades a obtener en
cada módulo.
Recuperaciones
Aquél que no superara alguna unidad formativa podrá acceder a una única recuperación de la misma; parte teórica, parte práctica o ambas, según corresponda. No se podrá recuperar el suspenso que se genere por aplicación de reducciones porcentuales que pudieran
corresponder de la aplicación del régimen de sanciones aquí previsto.
De no aprobarse la recuperación y teniendo en cuenta el carácter selectivo del curso,
el Servicio de Formación emitirá a esta Dirección General informe inmediato en el que se
constate la no superación del módulo correspondiente, para que valore si procede obrar de
acuerdo a lo previsto en la base 7.3.3 de la Orden 681/2021, de 30 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
Convocatorias
Todas las convocatorias de celebración de exámenes y/o pruebas objeto de calificación, incluidas las recuperaciones, así como las calificaciones individuales y las de valoración de grupo, se harán públicas mediante llamamiento único en la forma que determine el
Servicio de Formación del Cuerpo de Bomberos.

Superadas todas las unidades formativas, tanto teóricas como prácticas, se dará una calificación ponderada para el parcial de acuerdo con las puntuaciones establecidas en el
anexo a cada módulo.
Si en el desarrollo de una prueba de evaluación los instructores o cuidadores involucrados tienen conocimiento de la quiebra de los principios de decoro, legalidad o mérito
individual (uso de documentos o herramientas no permitidas, copia o intento de copia, comunicación entre aspirantes, etc.) se procederá a la expulsión inmediata del aspirante y se
dará por suspensa la prueba, levantando acta de los motivos que se elevará al Servicio de
Formación para su valoración.
La nota de una recuperación superada será de 5 puntos o del mínimo establecido para
el aprobado.
La nota final del curso selectivo podrá verse afectada por la reducción porcentual que
pudiera corresponder de la aplicación del régimen de sanciones aquí previsto.

BOCM-20240516-27

Calificaciones