D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240515-6)
Convenio –  Adenda de 25 de abril de 2024, de modificación del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y el Ayuntamiento de El Álamo, para la ejecución de proyectos con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (S20_S21_S22_S33_S65)
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 15 DE MAYO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 115

2. Por otro lado, el Ayuntamiento de El Álamo ha efectuado solicitud formal de incremento de la financiación inicialmente concedida en el subproyecto S65: “Ayudas a Entidades Locales para la mejora de la accesibilidad de los centros de Servicios Sociales”, ya
que para la realización de las obras le fue concedida a dicha entidad local financiación por
importe de 29.149,33 euros (sin IVA) y, sin embargo, en la adjudicación del contrato menor
para la realización de las obras de accesibilidad el gasto finalmente efectuado fue superior al
financiado, ascendiendo a 32.662,29 euros (sin IVA), por lo que con fecha de entrada en registro de 26 de febrero de 2024, solicita:
“Subproyecto S65: La posibilidad de ampliar el importe inicialmente concedido, como objeto de financiación para dicho subproyecto a fin de que el exceso que asciende a 3.512,96 euros,
sea sufragado por el convenio MRR suscrito en su día. Este Ayuntamiento se hace cargo de
la totalidad del IVA”.
Ambas partes consideran necesario introducir modificaciones en el convenio, en base
a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Modificación de la cláusula tercera: Obligaciones de las partes
Se modifica la cláusula tercera del convenio suscrito, concretamente su punto 2, apartado m), quedando redactada de la siguiente forma:
“Con carácter general, la ejecución de las inversiones a realizar por las entidades locales en el marco de las líneas de acción en las que participen, tendrá como fecha máxima la
fijada para el CID relativo a cada línea de inversión.
No obstante, en el caso de que la Comunidad Autónoma de Madrid cumpliera y alcanzase en la fecha señalada la aportación mínima acordada para cada H/O CID, las entidades
locales podrían seguir ejecutando la totalidad de la cantidad del importe total objeto de financiación, fijándose como fecha máxima la establecida para la extinción de este convenio
y, en todo caso, el 31 de agosto del 2026.
Una vez que el convenio expire, los fondos restantes no ejecutados deberán ser
reintegrados”.
Segunda
Modificación de la cláusula quinta: Seguimiento de la ejecución e impacto de los proyectos
Se modifica la cláusula quinta del convenio suscrito, concretamente el cuadro del calendario de hitos a cumplir en lo que afecta al segundo semestre de la S22, quedando redactado de la siguiente forma:
“Valoración de solicitudes y concesión de ayudas, en el 2023 y siguientes”.
Tercera
Modificación de la cláusula sexta: Financiación
La cláusula sexta del convenio suscrito quedaría redactada de la siguiente forma:

ANUALIDAD

TOTAL

2022

41.983.000

2023

18.500.000

TOTAL

60.483.000

Este presupuesto tendrá la consideración de base imponible a los efectos de lo establecido por la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.

BOCM-20240515-6

1. “El importe de la financiación destinada por la Consejería de Familia, Juventud y
Política Social a las líneas de acción previstas en la Cláusula Segunda del presente convenio es de 60.483.000,00 euros, financiado con cargo al Fondo del Instrumento Europeo de
Recuperación “NextGenerationEU-MRR”, con la siguiente distribución por anualidades.