Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid (BOCM-20240514-100)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
10 páginas totales
Página
Pág. 334
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 14 DE MAYO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 114
51. El Sistema Nacional de Garantía juvenil: objeto, requisitos y procedimientos de
inscripción.
52. La Ley 8/2002, de 27 de noviembre, de Juventud de la Comunidad de Madrid.
Cooperación entre Administraciones Públicas.
53. La entrevista. Características comunes. Clasificación en función del grado de estructuración y de un enfoque longitudinal: el curso de la entrevista.
54. El desarrollo físico y neurológico del individuo: características generales.
55. La evaluación de capacidades y las actitudes básicas. Instrumentos y técnicas
desde el punto de vista educativo.
56. Inteligencia múltiple y psicología cognitiva. Tipos y desarrollo de habilidades
cognitivas.
57. Los apoyos técnicos (psicólogos, educadores…) en el entorno y funciones del
equipo multiprofesional.
58. Habilidades sociales y su aplicación por parte de los apoyos técnicos (psicólogos, educadores…). El desarrollo moral: etapas, dilemas y aplicación.
59. El trabajo con grupos y comunidades. Papel de los apoyos técnicos (psicólogos,
educadores…).
60. Diseño de estrategias de intervención con personas excluidas. Plan de inserción
de personas y familias.
61. Estrategias de intervención basadas en redes de apoyo social.
62. Recursos sociales para la intervención socioeducativa. Los instrumentos de la intervención educativa.
63. Modelos teóricos de la intervención socioeducativa y programación.
64. Programas de toma de decisiones para la inserción socioprofesional sobre todo
de jóvenes en exclusión o riesgo de exclusión socioeducativa.
65. Inadaptación social. Consecuencias del fracaso educativo. Alternativas para la
situación de inadaptación.
66. Prevención, intervención y seguimiento del absentismo escolar.
67. La entrevista en la relación educativa y de ayuda: pautas, criterios y condiciones
para favorecer el cambio y el aprendizaje.
68. Desarrollo educativo de la infancia y juventud. Necesidades evolutivas de las diferentes etapas desde la infancia a la adolescencia.
69. La intervención socioeducativa en personas con diversidad funcional.
70. Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia: Disposiciones Generales. Derechos de los niños, niñas y
adolescentes frente a la violencia.
71. Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia: Deber de comunicación de situaciones de violencia.
72. Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia: Sensibilización, prevención y detección precoz.
73. Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia: Las actuaciones en centros de protección y la organización
administrativa.
Contra las bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Presidencia de esta Mancomunidad de
Servicios del Suroeste de Madrid, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo que corresponda en su caso, en el plazo de dos meses a contar desde el día
siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por
interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que
estime pertinente.
Dado en Griñón, a 3 de mayo de 2024.—El presidente, José María Porras Agenjo.
(03/6.831/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20240514-100
BOCM
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MARTES 14 DE MAYO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 114
51. El Sistema Nacional de Garantía juvenil: objeto, requisitos y procedimientos de
inscripción.
52. La Ley 8/2002, de 27 de noviembre, de Juventud de la Comunidad de Madrid.
Cooperación entre Administraciones Públicas.
53. La entrevista. Características comunes. Clasificación en función del grado de estructuración y de un enfoque longitudinal: el curso de la entrevista.
54. El desarrollo físico y neurológico del individuo: características generales.
55. La evaluación de capacidades y las actitudes básicas. Instrumentos y técnicas
desde el punto de vista educativo.
56. Inteligencia múltiple y psicología cognitiva. Tipos y desarrollo de habilidades
cognitivas.
57. Los apoyos técnicos (psicólogos, educadores…) en el entorno y funciones del
equipo multiprofesional.
58. Habilidades sociales y su aplicación por parte de los apoyos técnicos (psicólogos, educadores…). El desarrollo moral: etapas, dilemas y aplicación.
59. El trabajo con grupos y comunidades. Papel de los apoyos técnicos (psicólogos,
educadores…).
60. Diseño de estrategias de intervención con personas excluidas. Plan de inserción
de personas y familias.
61. Estrategias de intervención basadas en redes de apoyo social.
62. Recursos sociales para la intervención socioeducativa. Los instrumentos de la intervención educativa.
63. Modelos teóricos de la intervención socioeducativa y programación.
64. Programas de toma de decisiones para la inserción socioprofesional sobre todo
de jóvenes en exclusión o riesgo de exclusión socioeducativa.
65. Inadaptación social. Consecuencias del fracaso educativo. Alternativas para la
situación de inadaptación.
66. Prevención, intervención y seguimiento del absentismo escolar.
67. La entrevista en la relación educativa y de ayuda: pautas, criterios y condiciones
para favorecer el cambio y el aprendizaje.
68. Desarrollo educativo de la infancia y juventud. Necesidades evolutivas de las diferentes etapas desde la infancia a la adolescencia.
69. La intervención socioeducativa en personas con diversidad funcional.
70. Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia: Disposiciones Generales. Derechos de los niños, niñas y
adolescentes frente a la violencia.
71. Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia: Deber de comunicación de situaciones de violencia.
72. Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia: Sensibilización, prevención y detección precoz.
73. Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia: Las actuaciones en centros de protección y la organización
administrativa.
Contra las bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Presidencia de esta Mancomunidad de
Servicios del Suroeste de Madrid, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo que corresponda en su caso, en el plazo de dos meses a contar desde el día
siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por
interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que
estime pertinente.
Dado en Griñón, a 3 de mayo de 2024.—El presidente, José María Porras Agenjo.
(03/6.831/24)
http://www.bocm.es
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ISSN 1989-4791
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