Madrid (BOCM-20240513-59)
Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Disolución junta compensación
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 113

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 13 DE MAYO DE 2024

Pág. 165

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
59

MADRID
URBANISMO

Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad

BOCM-20240513-59

Anuncio de la aprobación de la disolución de la Junta de Compensación correspondiente a la Unidad de Actuación número 4 del Plan Especial de Reforma Interior 8.2 “Casco de Fuencarral”.
La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en sesión celebrada el día 4 de abril
de 2024 y en el expediente administrativo con número de referencia 711/2023/05918, ha
adoptado el siguiente acuerdo:
Primero.—Aprobar la disolución de la Junta de Compensación correspondiente a la Unidad de Actuación número 4 del Plan Especial de Reforma Interior 8.2 “Casco de Fuencarral”,
constituida como entidad urbanística colaboradora para la gestión del ámbito, por concurrir
los requisitos legales y una vez transcurrido el plazo de información pública sin que haya sido
presentada alegación alguna, de conformidad con lo establecido en el artículo 30 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, así
como en los artículos 45 y 46 de los Estatutos de la Junta de Compensación, aprobados por
Acuerdo de 6 de junio de 1996 del Consejo de la Gerencia Municipal de Urbanismo.
Quienes ostenten los cargos de liquidadores deberán dar cuenta a esta Administración
actuante de las operaciones de liquidación definitiva del saldo final, debiendo justificar documentalmente la práctica de dichas liquidaciones y los abonos correspondientes.
Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, con notificación individualizada a las personas interesadas.
Tercero.—Elevar el acuerdo a la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de Madrid para su inscripción en el Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras, de acuerdo con lo establecido en el artículo 164 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto.
Lo que se publica para general conocimiento, significando que este Acuerdo pone fin a
la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso potestativo de reposición,
en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que lo ha dictado según lo dispuesto en el artículo 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas o directamente recurso contencioso-administrativo en el
plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación del presente
anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de Madrid, de conformidad con lo establecido en los artículos 8
y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modificada por la Ley 19/2003, de 23 de diciembre, sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportunos deducir.
Madrid, a 19 de abril de 2024.—La directora de la Oficina de la Secretaría de la Junta
de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.
(02/6.258/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791