Madrid número 13 (BOCM-20240511-13)
Procedimiento 638/2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 112

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 11 DE MAYO DE 2024

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE
13

MADRID NÚMERO 13
EDICTO

D. Daniel Alejandro Ignacio Campos, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado
de Instrucción número 13, de Madrid.
Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves número 638/2024, se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:
Sentencia número 106/2024
Juez/magistrado-juez: D. Hermenegildo Alfredo Barrera Aguirre.
Lugar: Madrid.
Fecha: 21 de febrero de 2024.
Vistos por mí, D. Hermenegildo Alfredo Barrera Aguirre, magistrado-juez de este
Juzgado de Instrucción número 13, de Madrid, los presentes autos de juicio sobre delito
leve número 638/2024, contra D. JESÚS MUÑOZ CEBRIÁN, en los que ha sido parte el
ministerio fiscal, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y
en nombre del Rey, dicto la siguiente sentencia.
Fallo

BOCM-20240511-13

Condeno a Jesús Muñoz Cebrián, como autor de un delito leve contra el patrimonio,
hurto, del artículo 234.2 , del Código Penal, en grado de tentativa del artículo 16, a la pena
de 29 días multa, con una cuota diaria de 6 euros, de conformidad con lo establecido en el
fundamento tercero de esta resolución. Así mismo deberá indemnizar en concepto de responsabilidad civil a la perjudicada en la cantidad de 33 euros. La parte condenada deberá
abonar las costas de este juicio.
Notifíquese la presente resolución al ministerio fiscal y a las partes instruyéndolas de
su derecho a recurrirla en apelación, ante la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid en el término de cinco días contados a partir del siguiente al de su notificación, quedando durante
los mismos los autos a disposición de las partes en esta Secretaria, haciéndoles saber que el
recurso deberá ser formalizado ante este juzgado mediante escrito, durante ese plazo, exponiendo en el mismo los motivos de la apelación, conforme establece el artículo 976 de la
Ley de Enjuiciamiento Criminal, sin cuyo requisito no se admitirá la misma.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días que se interpondrá por escrito ante este Juzgado y autorizado con firma de letrado.
Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a D. JESÚS MUÑOZ CEBRIÁN, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.
En Madrid, a 5 de abril de 2024.
EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/6.591/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791