San Lorenzo de El Escorial (BOCM-20240510-79)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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B.O.C.M. Núm. 111

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 10 DE MAYO DE 2024

Tercero. Modalidades de ayuda.—Existen dos modalidades de ayuda:
a) General:
— La ayuda general tendrá una cuantía de sesenta y cinco euros por alumno (65
euros), a canjear a través de una aplicación (en adelante App) en los establecimientos del municipio adheridos a esta campaña.
La ayuda general requiere una inscripción previa en el formulario creado para
tal fin y se concederá siempre que se cumplan los requisitos establecidos en
la base 4.a de esta convocatoria.
b) Progresiva: la ayuda progresiva es incompatible con la ayuda escolar general
de 65 euros.
— Cuantías:
d 90 euros por alumno, para familias que perciben la renta mínima de inserción
o el ingreso mínimo vital.
d 80 euros por alumno, para las familias cuya renta per cápita sea inferior o
igual a 5.500 euros.
Cuarto. Presentación de solicitudes:
— Ayuda general: el solicitante deberá inscribirse en el acceso web habilitado para la
ayuda escolar en el plazo recogido en la base 7.a.
— Ayuda progresiva:
d La solicitud deberá descargarse preferentemente en la página web del Ayuntamiento ( www.aytosanlorenzo.es ) o recogerse físicamente en las dependencias
municipales del Área de Educación.
d Se podrá presentar en el Registro electrónico del Área de Educación, en horario
de 10:00 a 13:00 horas.
d Todas las solicitudes, independientemente de cómo se presenten, deberán ir firmadas por el solicitante e indicar una dirección de correo electrónico a través
de la cual se puedan efectuar comunicaciones al interesado, o en caso de no disponer de correo electrónico, la declaración expresa de ese extremo.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes para la ayuda escolar.—Para ambas
ayudas el plazo comienza el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y finaliza el 24 de mayo de 2024.
Sexto. Documentación a presentar para la solicitud de la ayuda escolar progresiva:
a) Si el año anterior el solicitante recibió una ayuda de las denominadas progresivas
solo deberá presentar:
— Solicitud cumplimentada con los datos de la unidad familiar.
— En caso de tener reconocida una Renta Mínima de Inserción, fotocopia de la
resolución actualizada de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid.
— En el supuesto de ser perceptor del Ingreso Mínimo Vital, fotocopia del certificado actualizado del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones,
o documentación que acredite la concesión.
— Fotocopia de la Declaración de la Renta del año 2022.
— Cuando no exista obligación de declarar se deberá presentar un certificado de
imputaciones del IRPF del año 2022.
b) Si el año anterior el solicitante solo recibió la ayuda general, deberá presentar:
— Solicitud cumplimentada con datos de unidad familiar.
— En caso de tener reconocida una Renta Mínima de Inserción, fotocopia de la
resolución actualizada de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid.
— En el supuesto de ser perceptor del Ingreso Mínimo Vital, fotocopia del certificado actualizado del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones,
o documentación que acredite la concesión.
— Fotocopia de la Declaración de la Renta del año 2022.
— Cuando no exista obligación de declarar se deberá presentar un certificado de
imputaciones del IRPF del año 2022.
— Fotocopia del DNI del solicitante.

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