Orusco de Tajuña (BOCM-20240510-73)
Organización y funcionamiento. Ordenanza funcionamiento campamento verano
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 111
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 10 DE MAYO DE 2024
Pág. 315
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
73
ORUSCO DE TAJUÑA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20240510-73
Aprobada inicialmente la ordenanza reguladora del funcionamiento y utilización del
campamento de verano por acuerdo del Pleno, de 26 de abril de 2024, de conformidad con
los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen
Local y 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el
plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que pueda ser examinada y presentar
las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinada por cualquier interesado en las dependencias
municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo,
estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento
( http://aytoorusco.sedelectronica.es ).
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobada la mencionada ordenanza.
En Orusco de Tajuña, a 29 de abril de 2024.—La alcaldesa, Vanesa Gracia Tapia.
(03/6.621/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
73
ORUSCO DE TAJUÑA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20240510-73
Aprobada inicialmente la ordenanza reguladora del funcionamiento y utilización del
campamento de verano por acuerdo del Pleno, de 26 de abril de 2024, de conformidad con
los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen
Local y 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el
plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que pueda ser examinada y presentar
las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinada por cualquier interesado en las dependencias
municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo,
estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento
( http://aytoorusco.sedelectronica.es ).
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobada la mencionada ordenanza.
En Orusco de Tajuña, a 29 de abril de 2024.—La alcaldesa, Vanesa Gracia Tapia.
(03/6.621/24)
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