C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240509-16)
Bien de interés cultural –  Decreto 50/2024, de 30 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se declara Bien de Interés Cultural del Patrimonio Inmaterial de la Comunidad de Madrid, la Cetrería
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B.O.C.M. Núm. 110

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 9 DE MAYO DE 2024

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I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
DECRETO 50/2024, de 30 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se declara Bien de Interés Cultural del Patrimonio Inmaterial de la Comunidad de
Madrid, la Cetrería.

Vista la propuesta emitida por el Área de Catalogación de Bienes Culturales de la Subdirección General de Patrimonio Histórico; considerando que la Cetrería es un arte de caza
milenario con gran carga histórica basado en el conocimiento de la naturaleza y el respeto
por los animales, que consiste en adiestrar aves rapaces para cazar animales libres en su medio natural; de conformidad con lo establecido en los artículos 4, 12, 18 y concordantes de
la Ley 8/2023, de 30 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid; la Dirección General de Patrimonio Cultural (actual Dirección General de Patrimonio Cultural
y Oficina del Español, modificado mediante Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de diciembre de 2023), mediante Resolución de 3 de octubre de 2023, incoa expediente de
declaración como Bien de Interés Cultural del Patrimonio Inmaterial del citado bien.
En cumplimiento de dicha Resolución, se notifica a los interesados, a los efectos procedentes, y se solicita informe a la Real Academia de la Historia y al Instituto de Investigación en Recursos Cinegéticos del Consejo Superior de Investigaciones Científicas y se publica en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid.
Igualmente, se abre un período de información pública por plazo de un mes a contar
desde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (18 de octubre de 2023), a fin de que cuantas personas físicas o jurídicas tengan interés, puedan examinar el expediente y presentar las alegaciones que estimen oportunas.
Asimismo, se notifica al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de
Cultura y al Registro de Bienes de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid, quedando anotado preventivamente en los respectivos registros con los códigos 31357 y RBIC-I-2023-000002
y en el Catálogo de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid, a los efectos procedentes.
En el expediente se han cumplimentado todos los trámites previstos de conformidad
con lo establecido en el artículo 19, 20 y concordantes de la Ley 8/2023, de 30 de marzo,
de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid.
El Pleno del Consejo Regional de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid,
en el trámite de audiencia concedido, en sesión celebrada el 24 de octubre de 2023, muestra su conformidad por unanimidad de sus miembros, con la resolución del Director General de Patrimonio Cultural de 3 de octubre de 2023 por la que se incoa expediente de declaración como Bien de Interés Cultural del Patrimonio Inmaterial de la Comunidad de
Madrid, de la Cetrería en la Comunidad de Madrid.
La Real Academia de la Historia, en su sesión académica de fecha 17 de noviembre de 2023,
aprueba el informe por el que concluye que “la cetrería en la Comunidad de Madrid reúne valores muy relevantes para su declaración como Bien de Interés Cultural Inmaterial”.
No figura que el Instituto de Investigación en Recursos Cinegéticos del Consejo Superior de Investigaciones Científicas haya emitido informe por lo que de conformidad con el
artículo 20.3 de la Ley 8/2023, de 30 de marzo, el mismo se entiende en sentido favorable
a la declaración como Bien de Interés Cultural.
Por todo ello, y no constando que se hayan presentado alegaciones, se reitera la propuesta técnica inicial.
En su virtud, de acuerdo con lo establecido en los artículos 23 y 24 de la Ley 8/2023,
de 30 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid, el Consejo de Gobierno a propuesta de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, previa deliberación en su
reunión del día 30 de abril de 2024,

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