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Vías pecuarias –  Resolución de 17 de abril de 2024, del Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se anuncia la exposición pública relativa a la autorización de ocupación temporal de las vías pecuarias Descansadero-Abrevadero del Ardal y Colada del Arroyo del Caño, en el término municipal de San Agustín de Guadalix, para canalización subterránea de red de gas (ámbito del PERI-1), actuación promovida por Madrileña Red de Gas, S. A.
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE MAYO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 108

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
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RESOLUCIÓN de 17 de abril de 2024, del Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se anuncia la exposición pública relativa a la
autorización de ocupación temporal de las vías pecuarias Descansadero-Abrevadero del Ardal y Colada del Arroyo del Caño, en el término municipal de San
Agustín de Guadalix, para canalización subterránea de red de gas (ámbito del
PERI-1), actuación promovida por Madrileña Red de Gas, S. A.

Examinado el expediente 0896/23 de ocupación temporal de las vías pecuarias Descansadero-Abrevadero del Ardal y Colada del Arroyo del Caño en el término municipal de
San Agustín de Guadalix se desprenden los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Con referencia 10/390394.9/23 tiene entrada en esta Área de Vías Pecuarias, solicitud
de autorización de ocupación de las vías pecuarias Descansadero-Abrevadero del Ardal y
Colada del Arroyo del Caño en el término municipal de San Agustín de Guadalix, para canalización subterránea de red de gas (ámbito del PERI-1), actuación promovida por Madrileña Red de Gas, S. A.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
La Ley 8/1998, de 17 de junio, de la Comunidad de Madrid, regula las vías pecuarias
existentes en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, en el marco de la legislación
básica del Estado (Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias).
Segundo
Las ocupaciones temporales de las vías pecuarias están previstas en los artículos 37
y 38 de la citada Ley 8/1998, donde se recoge que la concesión de estas autorizaciones se
someterá al trámite de información pública por tiempo de un mes.
Esta Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, en base a las competencias atribuidas por el Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la
Comunidad de Madrid y el Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior,
RESUELVE

Someter al trámite de información pública de un mes, desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
el proyecto de ocupación del expediente 0896/23, de referencia.
Segundo
Una vez publicada la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
MADRID, el proyecto podrá consultarse en el Portal de Transparencia de la Comunidad
de Madrid, en la ruta http://www.comunidad.madrid/transparencia
DE

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