B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240507-4)
Profesores de religión –  Resolución de 24 de abril de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convoca procedimiento de adjudicación de vacantes para profesores de religión para el curso 2024-2025
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE MAYO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 108

3. Fecha límite de valoración de los requisitos y los méritos.
Todos los requisitos que se exigen en estas bases y los méritos que se aleguen han de
tenerse cumplidos o reconocidos en la fecha de terminación del plazo de presentación de
solicitudes. Solo serán tenidos en cuenta aquellos méritos que se justifiquen documentalmente durante el plazo de presentación de solicitudes del presente procedimiento.
Undécima
Valoración de los méritos de los participantes
La valoración de todos los méritos se realizará por la Dirección General de Recursos
Humanos.
En el caso de producirse empates en el total de las puntuaciones, éstos se resolverán
atendiendo, sucesivamente, a la mayor puntuación en cada uno de los apartados del baremo conforme al orden en que figuran en el Anexo V de la convocatoria. Si persistiera el empate, se atenderá a la puntuación obtenida en los distintos subapartados por el orden en que
aparecen en el baremo. En ambos casos, la puntuación que se toma en consideración en
cada apartado no podrá exceder de la puntuación máxima establecida para cada uno de ellos
en el baremo, ni, en el supuesto de los subapartados, la que corresponde como máximo al
apartado en que se hallen incluidos.
Cuando al aplicar estos criterios, algún concursante alcance en alguno de los subapartados del baremo la máxima puntuación otorgada al apartado al que pertenece, no se tomarán en consideración las puntuaciones del resto de subapartados. De resultar necesario, se
utilizará como ulterior criterio de desempate la letra N que es el orden establecido en la
Resolución de 2 de abril de 2024, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 15 de abril de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se
hace público el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos que se celebren durante el año 2024.
A los efectos de antigüedad ininterrumpida en el centro, a los profesores de religión
con destino definitivo derivado de fusión, integración, traslado de enseñanzas o desdoble
de centros, se les considerará el tiempo desempeñado en el centro de procedencia como de
permanencia ininterrumpida.
Duodécima
Dentro del marco de la planificación general educativa, los puestos con carácter definitivo se adjudicarán a los participantes en el proceso por el orden resultante de aplicación
del baremo incluido en la presente Resolución, teniendo en cuenta las prioridades establecidas por los interesados en su solicitud y asignando, en todos los casos que sea posible, una
jornada del 100 %, atendiendo a los siguientes criterios:
— A los efectos de adjudicación de puestos en esta convocatoria, se entenderá como
puestos compatibles los siguientes porcentajes de jornada:
• 1/2 (50 %) más 1/2 (50 %) de jornada.
• 2/3 (66 %) más 1/3 (33 %) de jornada.
• 1/3 (33 %) más 1/3 (33 %) de jornada.
• 1/3 (33 %) más 1/3 (33 %) más 1/3 (33 %) de jornada.
Estas opciones quedarán supeditadas a que la organización y horarios del centro o
centros con los que pretendan completar su jornada sean compatibles.
— Participantes con jornada completa:
A los profesores de religión que participen con jornada definitiva del 100 % se les
adjudicará, si procede, vacante o vacantes de las solicitadas.
Para esta adjudicación de destino o destinos, será necesario que los profesores indiquen, en el apartado “Renuncia” de su solicitud de participación, a qué destinos
desean renunciar, consignando el centro o centros de destino definitivo según
corresponda. Sin este requisito previo no se adjudicará ningún destino.
La renuncia al destino estará necesariamente condicionada a la efectiva adjudicación de vacante de las solicitadas por el interesado, en cuyo caso se hará efectiva
la renuncia a todos los centros consignados por el interesado en dicho apartado.

BOCM-20240507-4

Procedimiento de adjudicación de puestos con carácter definitivo