Junta Electoral de Zona de Navalcarnero (BOCM-20240507-40)
Elecciones Parlamento Europeo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 210
MARTES 7 DE MAYO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 108
II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO
40
JUNTA ELECTORAL DE ZONA DE NAVALCARNERO
EDICTO
Hago saber: Que se han observado errores en el edicto publicado en el BOLETÍN OFICOMUNIDAD DE MADRID, en fecha 1 de mayo de 2024, por el que se establecen los emplazamientos para la colocación de carteles y banderolas en la campaña para las
próximas elecciones al Parlamento Europeo a celebrar el día 9 de junio de 2024.
Que en el referido edicto por error se hizo constar “Hago saber: Que por la Junta Electoral de Zona se resuelve dar la oportuna publicidad a los espacios habilitados para la celebración de actos y colocación de propaganda electoral, conforme a los arts. 56 y 57 de la
LEOREG, facilitados por los respectivos Ayuntamientos de los pueblos que componen esta
Junta Electoral con motivo de las Elecciones Generales a celebrar el día 23 de julio de 2023,
siendo aquellos para la propaganda hablada y escrita, respectivamente, los siguientes:
De conformidad con lo previsto en los artículos 56 y 57 de la LOREG así como en los
acuerdos de la JEC de 29 de abril y 13 de mayo de 1991 y 9 de octubre de 1997, el plazo
para la presentación de solicitudes de emplazamientos de publicidad, así como para la solicitud de lugares y locales para la realización de actos de campaña electoral finalizarán a
las 19:00 horas, en caso de solicitud presencial, y a las 24:00 horas, en caso de solicitud telemática, del día 14 de abril de 2024 para la propaganda escrita y 16 de abril de 2024 para
la propaganda oral”.
CIAL DE LA
BOCM-20240507-40
Debiendo subsanarse en el siguiente sentido: Hago saber: Que por la Junta Electoral
de Zona se resuelve dar la oportuna publicidad a los espacios habilitados para la celebración de actos y colocación de propaganda electoral, conforme a los arts. 56 y 57 de la LOREG, facilitados por los respectivos Ayuntamientos de los pueblos que componen esta Junta Electoral con motivo de las Elecciones al Parlamento Europeo a celebrar el día 9 de junio
de 2024, siendo aquellos para la propaganda hablada y escrita, respectivamente, los siguientes:
De conformidad con lo previsto en los artículos 56 y 57 de la LOREG así como en los
acuerdos de la JEC de 29 de abril y 13 de mayo de 1991 y 9 de octubre de 1997, el plazo
para la presentación de solicitudes de emplazamientos de publicidad, así como para la solicitud de lugares y locales para la realización de actos de campaña electoral finalizarán a
las 19:00 horas, en caso de solicitud presencial, y a las 24:00 horas, en caso de solicitud telemática, del día 14 de mayo de 2024 para la propaganda escrita y 16 de mayo de 2024 para
la propaganda oral.
En Navalcarnero, a 3 de mayo de 2024.—El letrado de la Junta Electoral de Zona de
Navalcarnero, Luis Díaz Fernández.
(03/6.858/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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MARTES 7 DE MAYO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 108
II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO
40
JUNTA ELECTORAL DE ZONA DE NAVALCARNERO
EDICTO
Hago saber: Que se han observado errores en el edicto publicado en el BOLETÍN OFICOMUNIDAD DE MADRID, en fecha 1 de mayo de 2024, por el que se establecen los emplazamientos para la colocación de carteles y banderolas en la campaña para las
próximas elecciones al Parlamento Europeo a celebrar el día 9 de junio de 2024.
Que en el referido edicto por error se hizo constar “Hago saber: Que por la Junta Electoral de Zona se resuelve dar la oportuna publicidad a los espacios habilitados para la celebración de actos y colocación de propaganda electoral, conforme a los arts. 56 y 57 de la
LEOREG, facilitados por los respectivos Ayuntamientos de los pueblos que componen esta
Junta Electoral con motivo de las Elecciones Generales a celebrar el día 23 de julio de 2023,
siendo aquellos para la propaganda hablada y escrita, respectivamente, los siguientes:
De conformidad con lo previsto en los artículos 56 y 57 de la LOREG así como en los
acuerdos de la JEC de 29 de abril y 13 de mayo de 1991 y 9 de octubre de 1997, el plazo
para la presentación de solicitudes de emplazamientos de publicidad, así como para la solicitud de lugares y locales para la realización de actos de campaña electoral finalizarán a
las 19:00 horas, en caso de solicitud presencial, y a las 24:00 horas, en caso de solicitud telemática, del día 14 de abril de 2024 para la propaganda escrita y 16 de abril de 2024 para
la propaganda oral”.
CIAL DE LA
BOCM-20240507-40
Debiendo subsanarse en el siguiente sentido: Hago saber: Que por la Junta Electoral
de Zona se resuelve dar la oportuna publicidad a los espacios habilitados para la celebración de actos y colocación de propaganda electoral, conforme a los arts. 56 y 57 de la LOREG, facilitados por los respectivos Ayuntamientos de los pueblos que componen esta Junta Electoral con motivo de las Elecciones al Parlamento Europeo a celebrar el día 9 de junio
de 2024, siendo aquellos para la propaganda hablada y escrita, respectivamente, los siguientes:
De conformidad con lo previsto en los artículos 56 y 57 de la LOREG así como en los
acuerdos de la JEC de 29 de abril y 13 de mayo de 1991 y 9 de octubre de 1997, el plazo
para la presentación de solicitudes de emplazamientos de publicidad, así como para la solicitud de lugares y locales para la realización de actos de campaña electoral finalizarán a
las 19:00 horas, en caso de solicitud presencial, y a las 24:00 horas, en caso de solicitud telemática, del día 14 de mayo de 2024 para la propaganda escrita y 16 de mayo de 2024 para
la propaganda oral.
En Navalcarnero, a 3 de mayo de 2024.—El letrado de la Junta Electoral de Zona de
Navalcarnero, Luis Díaz Fernández.
(03/6.858/24)
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