Fuenlabrada (BOCM-20240506-72)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 186
LUNES 6 DE MAYO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 107
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
72
FUENLABRADA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto de acuerdo de Junta de Gobierno Local, de 26 de abril de 2024 (punto 21),
por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el programa Amanecer/Atardecer. Curso escolar 2023-2024.
BDNS: 757948
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index ).
Primero. Beneficiarios.—Podrán solicitar estas ayudas las asociaciones de madres y
padres de alumnos de centros públicos (AMPA) con personalidad jurídica, legalmente
constituidas, debidamente inscritas y actualizadas en el Registro Municipal de Entidades
Ciudadanas de Fuenlabrada, así como los Centros Públicos de Educación Infantil y Primaria (CEIP y CEIPSO) que vayan a realizar o estén realizando la actividad objeto de esta convocatoria. Estos proyectos se ubicarán en los 37 Centros Públicos de Educación Infantil Primaria (CEIP y CEIPSO).
Segundo. Objeto.—Se trata de abaratar el importe a pagar en la cuota por las familias usuarias del servicio de acogida a alumnos fuera del horario escolar en los colegios públicos de la localidad. Durante ese período se realizan actividades lúdicas y de descanso encaminadas a satisfacer las necesidades de los niños y niñas que participan en el proyecto.
Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.
Cuarto. Importe.—El importe asignado a estas ayudas es de 169.852,86 euros, con el
siguiente detalle:
ATARDECER
EJERCICIO
IMPORTE
APLICACIÓN
2024
136.940,00 €
6051/326/48024
2024
TOTAL ASIGNACIÓN
32.912,86 €
169.852,86 €
La forma de reparto aparece reflejada en el artículo 5 de la convocatoria. Se subvencionarán tanto proyectos que abarquen el curso completo como proyectos de duración inferior (por meses completos).
Los proyectos objeto de subvención deberán realizarse desde el 1 de septiembre
de 2023 hasta el 30 de junio de 2024 (curso escolar 2023-2024).
Quinto. Plazo presentación solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes
será de 10 días hábiles desde el siguiente a la publicación del extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto. Otros datos.—Las solicitudes, acompañadas de la documentación necesaria
(artículo 6), se presentarán telemáticamente a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Fuenlabrada, en el Registro Electrónico. Si no fuese posible, también se podrá
registrar en el Registro Auxiliar de la Concejalía de Educación.
Séptimo. Pago.—Se establece un único pago previo a la justificación, una vez concedida la subvención de forma definitiva.
Octavo. Plazo de justificación.—El plazo para la justificación de la subvención concluye el 18 de octubre de 2024 (inclusive).
Fuenlabrada, a 29 de abril de 2024.—El alcalde-presidente, Francisco Javier Ayala Ortega.
(03/6.806/24)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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PROGRAMA
AMANECER
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
72
FUENLABRADA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto de acuerdo de Junta de Gobierno Local, de 26 de abril de 2024 (punto 21),
por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el programa Amanecer/Atardecer. Curso escolar 2023-2024.
BDNS: 757948
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index ).
Primero. Beneficiarios.—Podrán solicitar estas ayudas las asociaciones de madres y
padres de alumnos de centros públicos (AMPA) con personalidad jurídica, legalmente
constituidas, debidamente inscritas y actualizadas en el Registro Municipal de Entidades
Ciudadanas de Fuenlabrada, así como los Centros Públicos de Educación Infantil y Primaria (CEIP y CEIPSO) que vayan a realizar o estén realizando la actividad objeto de esta convocatoria. Estos proyectos se ubicarán en los 37 Centros Públicos de Educación Infantil Primaria (CEIP y CEIPSO).
Segundo. Objeto.—Se trata de abaratar el importe a pagar en la cuota por las familias usuarias del servicio de acogida a alumnos fuera del horario escolar en los colegios públicos de la localidad. Durante ese período se realizan actividades lúdicas y de descanso encaminadas a satisfacer las necesidades de los niños y niñas que participan en el proyecto.
Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.
Cuarto. Importe.—El importe asignado a estas ayudas es de 169.852,86 euros, con el
siguiente detalle:
ATARDECER
EJERCICIO
IMPORTE
APLICACIÓN
2024
136.940,00 €
6051/326/48024
2024
TOTAL ASIGNACIÓN
32.912,86 €
169.852,86 €
La forma de reparto aparece reflejada en el artículo 5 de la convocatoria. Se subvencionarán tanto proyectos que abarquen el curso completo como proyectos de duración inferior (por meses completos).
Los proyectos objeto de subvención deberán realizarse desde el 1 de septiembre
de 2023 hasta el 30 de junio de 2024 (curso escolar 2023-2024).
Quinto. Plazo presentación solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes
será de 10 días hábiles desde el siguiente a la publicación del extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto. Otros datos.—Las solicitudes, acompañadas de la documentación necesaria
(artículo 6), se presentarán telemáticamente a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Fuenlabrada, en el Registro Electrónico. Si no fuese posible, también se podrá
registrar en el Registro Auxiliar de la Concejalía de Educación.
Séptimo. Pago.—Se establece un único pago previo a la justificación, una vez concedida la subvención de forma definitiva.
Octavo. Plazo de justificación.—El plazo para la justificación de la subvención concluye el 18 de octubre de 2024 (inclusive).
Fuenlabrada, a 29 de abril de 2024.—El alcalde-presidente, Francisco Javier Ayala Ortega.
(03/6.806/24)
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ISSN 1989-4791
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PROGRAMA
AMANECER