C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240506-40)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 748/2024, de 22 de abril, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se modifica la Orden 1999/2023, de 13 de noviembre, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Patrimonio Cultural para el período 2024-2026
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B.O.C.M. Núm. 107

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 6 DE MAYO DE 2024

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I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
ORDEN 748/2024, de 22 de abril, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte,
por la que se modifica la Orden 1999/2023, de 13 de noviembre, del Consejero de
Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Patrimonio Cultural para el período 2024-2026.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 8.1, con el carácter de legislación básica del Estado, que “los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones,
con carácter previo, deberán concretar en un Plan Estratégico de Subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución,
los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria”.
Por su parte, la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de
Madrid, recoge en su artículo 4.bis esta misma obligación. Asimismo, el artículo 7.1 dispone que los órganos competentes para conceder subvenciones son los Consejeros.
En virtud de lo anterior, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 41
de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y la Administración de la Comunidad
de Madrid, se dictó la Orden 1999/2023, de 13 de noviembre, del Consejero, por la que se
aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Patrimonio Cultural para el período 2024-2026.
En la línea de los objetivos y efectos perseguidos por el referido Plan Estratégico de
Subvenciones, se estima necesario incluir una nueva subvención destinada a la Cámara del
Libro de Madrid, para el desarrollo de actividades que favorezcan la difusión y promoción
del libro de la Comunidad de Madrid en el plano internacional.
La Cámara del Libro de Madrid es una entidad sin ánimo de lucro que agrupa a editores, distribuidores, libreros e industrias gráficas de titularidad privada especializadas en la
edición, impresión y venta de libros y revistas con sede en la Comunidad de Madrid. Su finalidad es la representación, gestión y defensa de los intereses de todos los integrantes del
sector del Libro de Madrid en lo relativo al comercio exterior del libro, mediante su presencia y actividad en los eventos internacionales más importantes del sector, entre los cuales
se incluyen la Feria Internacional del Libro de Guadalajara, México, así como las ferias de
Fráncfort y Bolonia. La importancia y trascendencia de la finalidad y las actividades desarrolladas por esta entidad en favor de la cultura y del sector del libro de la Comunidad de
Madrid justifica la inclusión de la subvención en el Plan Estratégico de Subvenciones de la
Dirección General de Patrimonio Cultural por razones de interés público y económico, en
virtud de lo dispuesto en el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
Por otra parte, la denominación del órgano administrativo objeto del vigente Plan Estratégico de Subvenciones, Dirección General de Patrimonio Cultural, ha sido modificada
por la de Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español, en virtud del Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por lo que, en consecuencia, procede el cambio del título del Plan Estratégico de Subvenciones para adecuarlo a la
nueva denominación del órgano administrativo al que se refiere. Así mismo, el artículo 5.3
de este Decreto atribuye a la Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español las competencias en materia de fomento y promoción del sector del libro en la región,
dirigido a creadores, sector editorial y comercio librero.
Por todo lo expuesto, se requiere la modificación de la Orden 1999/2023, de 13 de
noviembre, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba el Plan
Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Patrimonio Cultural para el período 2024-2026.
En consecuencia, y de acuerdo con el artículo 41.d) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el Decreto 264/2023, de 5

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