D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20240504-7)
Convenio –  Convenio de 17 de abril de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Unión Sindical de Madrid Región de Comisiones Obreras (USMR-CC. OO.) para la concesión directa de una subvención para la realización durante 2024 de acciones incluidas en el VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2021-2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 106

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 4 DE MAYO DE 2024

11.2.5.

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Formación preventiva.

a) Acta justificativa firmada por el responsable de la realización de cada uno de los
cursos, indicando la fecha, hora, duración, relación de personal asistente (con indicación de la empresa a la que pertenece) y con el visto bueno del representante
legal correspondiente.
Los datos contenidos en este documento se entregarán igualmente en versión excel.
b) La asistencia de los alumnos se acreditará mediante presentación de los controles
de firmas, en documento original, al inicio y finalización de cada curso. No serán
válidos los justificantes que carezcan del nombre y dos apellidos de la persona
asistente, cargo o puesto de trabajo y empresa a la que pertenece, así como nombre y apellidos y firma del técnico de prevención que ha impartido la formación.
Para el caso de que el técnico venga identificado mediante un código, al igual que
en casos anteriores, se deberá adjuntar el correspondiente listado de códigos de los
técnicos, señalando, expresamente, la identificación del técnico al que corresponde dicho código.
En el caso de formación online se entregará documento que acredite fehacientemente el número de alumnos que asistieron a la misma, por ejemplo, con los registros de asistencia de la aplicación utilizada.
Los datos contenidos en este documento se entregarán igualmente en versión Excel.
c) En el caso de los talleres en Institutos de Enseñanza Secundaria y centros de formación asimilados se acreditará la acción formativa mediante cuestionario de satisfacción del profesorado.
11.2.6.

Actuaciones de divulgación y difusión.

A) Contenido del Dossier.
Dossier de cada uno de los materiales editados integrado por:
1. Dos (2) ejemplares en papel si el elemento ha sido editado en dicho soporte.
2. Un (1) CD, DVD o dispositivo de memoria equivalente que incluya los archivos del material elaborado en el formato adecuado para su visualización y su
posible utilización posterior por parte del IRSST, de acuerdo a las cláusulas
del presente convenio de propiedad intelectual.
B) Otras consideraciones.

No obstante, cuando se realicen distribuciones de material editado en ferias,
stands, puntos móviles informativos o cualquier otra actuación realizada por la beneficiaria, se justificará la entrega a los destinatarios finales mediante documento
firmado por uno de los firmantes del convenio indicando el número y tipo de los
ejemplares distribuidos.

BOCM-20240504-7

1. De todo el material que sea objeto de distribución, se deberá presentar un cuadro estadístico, firmado por el responsable, que recoja la totalidad del material
distribuido, y en el que conste identificada la persona o empresa receptora, de
dicho material con el visto bueno del representante legal correspondiente. Este
cuadro deberá ser entregado igualmente en soporte excel.
2. En caso de que el material sea remitido por correo, se justificará mediante albarán expedido por la oficina de correos o factura emitida por el centro en el
que se adquieran los sellos en el caso de correo ordinario, o en el supuesto de
correo certificado relación de certificados expedida por Correos.
3. Del material no distribuido y, por tanto, quede en depósito, deberá certificarse
por parte de los firmantes del convenio especificando su cantidad, lugar donde se deposita y fin para el que previsiblemente se utilizará.
4. No se considerará como distribución el envío de la documentación a otras dependencias del propio beneficiario, de forma que para cumplir con las obligaciones del convenio debe considerarse únicamente la entrega al destinatario
final, trabajador, empresario o empresa.