D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20240504-5)
Convenio –  Convenio de 17 de abril de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Asociación de Empresas del Comercio e Industria del Metal de Madrid (AECIM) para la concesión directa de una subvención para la realización durante 2024 de acciones incluidas en el VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2021-2024
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 4 DE MAYO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 106

de entrega “en mano” acreditar su entrega posterior, para ser consideradas válidas. Por otra parte, la mera entrega de documentación no bastará para considerar la actuación válida.
8. Todo campo que se fije como obligatorio en la definición de las actuaciones
deberá figurar en la documentación para que dicha actuación se considere válida.
9. No será válida una actuación cuyo contenido se centre en cuestiones definidas
para otra categoría diferente. La actuación deberá centrarse en aquellas cuestiones definidas para el tipo de actuación concreta.
C) Informes específicos de las actuaciones enviados a las entidades visitadas.
En el caso de que se elaboren informes específicos de las actuaciones realizadas
destinados a las empresas visitadas, dado su carácter confidencial, quedarán a disposición del técnico de seguimiento designado por el IRSST para su verificación.
En todo caso se deberá remitir justificante de envío de dichos informes a las empresas, o documentación acreditativa de su entrega “en mano” a las mismas.
D) Informe global de las actuaciones.
Se elaborará un informe global de las actuaciones desarrolladas, de acuerdo con la
cláusula segunda del presente convenio, que servirá para extraer conclusiones sobre el estado preventivo de las actividades realizadas.
E) Cuadro estadístico de consultas y visitas de asesoramiento (Documento 6 SEN bis).
Estará firmado por el responsable del Proyecto con el visto bueno de uno de los
firmantes del convenio, según procedimiento de actuación establecido en el
IRSST, indicando el número de acciones y porcentaje de cada una de ellas realizado por cada uno de los técnicos, así como la identificación de este, a través del
nombre, apellidos y DNI.
11.2.2. Documentación técnica.
Dossier de cada uno de los materiales editados integrado por:
a) Dos (2) ejemplares en papel si el elemento ha sido editado en dicho soporte.
b) Un (1) CD, DVD o dispositivo de memoria equivalente que incluya los archivos
del material elaborado en el formato adecuado para su visualización y su posible
utilización posterior por parte del IRSST, de acuerdo a las cláusulas del presente
convenio de propiedad intelectual.
De todo el material que sea objeto de distribución, se deberá presentar un cuadro estadístico, firmado por el responsable, que recoja la totalidad del material distribuido, y en el
que conste identificada la persona o empresa receptora, de dicho material con el visto bueno del representante legal correspondiente. Este cuadro deberá ser entregado igualmente en
soporte Excel.
En caso de que el material sea remitido por correo, se justificará mediante albarán expedido por la oficina de correos o factura emitida por el centro en el que se adquieran los
sellos en el caso de correo ordinario, o en el supuesto de correo certificado relación de certificados expedida por correos.
Del material no distribuido y, por tanto, quede en depósito, deberá certificarse por parte de los firmantes del convenio especificando su cantidad, lugar donde se deposita y fin
para el que previsiblemente se utilizará.
No se considerará como distribución el envío de la documentación a otras dependencias
del propio beneficiario, de forma que para cumplir con las obligaciones del convenio debe
considerarse únicamente la entrega al destinatario final, trabajador, empresario o empresa.
11.2.3. Actuaciones de divulgación y difusión.
A) Contenido del Dossier.
Dossier de cada uno de los materiales editados integrado por:
1. Dos (2) ejemplares en papel si el elemento ha sido editado en dicho soporte.
2. Un (1) CD, DVD o dispositivo de memoria equivalente que incluya los archivos del material elaborado en el formato adecuado para su visualización y su
posible utilización posterior por parte del IRSST, de acuerdo a las cláusulas
del presente convenio de propiedad intelectual.

BOCM-20240504-5

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