Galapagar (BOCM-20240503-48)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 105

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 3 DE MAYO DE 2024

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
48

GALAPAGAR
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

BOCM-20240503-48

Por decreto de Alcaldía número 1375/2024, de 21 de abril, la alcaldesa-presidente
D.a Carla I. Greciano Barrado, en virtud de las facultades atribuidas a la Alcaldía en el
artículo 21, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,
ha resuelto:
1. Disponer la sustitución, en la dirección de las Áreas de Recursos Humanos y Deportes, por el séptimo teniente de alcalde, don Miguel Ángel Domínguez Gutiérrez, desde
el 19 al 23 de abril de 2024, ambos inclusive.
2. Durante el período indicado, el séptimo teniente de alcalde asumirá el ejercicio
de las competencias delegadas en el sexto teniente de alcalde por el decreto 714/2024,
de 23 de febrero (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 57, de 7 de
marzo de 2024).
3. La presente disposición será efectiva desde el día de la firma y el interesado dispondrá de un plazo de tres días para la aceptación de la misma, entendiéndose aceptada
desde el momento en que ejercite las pertinentes funciones.
4. Esta resolución será notificada a los portavoces de los grupos municipales y a los
departamentos del Ayuntamiento para el despacho de la firma.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cualquier interesado podrá interponer los siguientes recursos:
a) Con carácter potestativo, un recurso de reposición que deberá presentar dentro del
plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquel en el que se notifique esta
resolución, según disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
b) Un recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de la ciudad de Madrid, recurso que deberá presentar en el plazo de dos
meses a contar desde el día siguiente a aquel en el que se notifique esta resolución,
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).
No obstante lo anterior puede interponer cualquier reclamación o recurso que estime
pertinente, ante cualquier órgano o autoridad.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Galapagar, a 22 de abril de 2024.—La alcaldesa-presidente, Carla I. Greciano
Barrado.
(03/6.190/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791