Madrid (BOCM-20240430-41)
Régimen económico. Distrito de Tetuán. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 102

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 30 DE ABRIL DE 2024

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
41

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Distrito de Tetuán
Extracto del decreto de 22 de marzo de 2024, del Distrito de Tetuán del Ayuntamiento de Madrid, por el que se aprueban las bases de la XVI Edición del Certamen Literario
“Leopoldo de Luis” de poesía y relato corto del Distrito de Tetuán 2024.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):
Primero. Beneficiarios.
— Personas mayores de 16 años residentes en España, a la categoría general: “Premio de poesía Leopoldo de Luis”, o “Premio relato corto Leopoldo de Luis”.
— Personas mayores de 18 años residentes en el Distrito de Tetuán, a la categoría “Premio poesía residentes en Tetuán” o “Premio relato corto residentes en Tetuán”.
— Personas entre 16 y 18 años residentes en el Distrito de Tetuán, a la categoría “Premio escritores noveles de poesía o relato corto Distrito de Tetuán”.
No podrán participar en el certamen los premiados en este mismo concurso, en cualquier categoría y modalidad, en sus dos últimas ediciones.
Segundo. Objeto.—Este certamen tiene una triple finalidad: continuar otorgando un
premio de reconocido prestigio a escritores y escritoras con trayectoria profesional de calado nacional, promocionar la literatura producida por escritores y escritoras residentes en el
Distrito, y alentar en su carrera a los más jóvenes de entre nuestro vecindario que comienzan a escribir.
Tercero. Bases reguladoras.—La disposición adicional primera de la Ordenanza de
Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de
Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, modificada por el acuerdo
del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2017; en su defecto, se regularán
por lo dispuesto en la citada ordenanza, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y su Reglamento, salvo en aquellos aspectos en los que por la especial naturaleza de estas subvenciones no resulte aplicable.
Cuarto. Cuantía.—Se establecen los siguientes premios:
a) Poesía:
1.o Premio poesía “Leopoldo de Luis”, con una dotación económica de 1.300
euros.
2.o Premio poesía residentes en Tetuán, con una dotación económica de 500
euros.
b) Relato corto:
1.o Premio relato corto “Leopoldo de Luis”, con una dotación económica de
1.200 euros.
2.o Premio relato corto residentes en Tetuán, con una dotación económica de 500
euros.
c) Premio escritores noveles de poesía o relato corto Distrito de Tetuán.
Con una dotación económica de 500 euros, a la mejor obra de autor mayor de 16 y menor de 18 años, residente en el distrito de Tetuán.
Los premios podrán quedar desiertos si así lo decidiera el jurado.

BOCM-20240430-41

BDNS: 751908