Pinilla del Valle (BOCM-20240429-84)
Régimen económico. Calendario fiscal
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 101

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
84

PINILLA DEL VALLE
RÉGIMEN ECONÓMICO

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el 15 de abril de 2024, con
objeto de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 62.3 y 102.3 de la Ley 58/2003,
de 17 de diciembre, General Tributaria; artículo 45 de la Ley 39/215, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y artículo 24 del
Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, ha aprobado el calendario fiscal de las deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva del Ayuntamiento de Pinilla del Valle para el ejercicio 2024, así como la
exposición pública de los padrones tributarios o matrículas y los anuncios de cobranza en
los siguientes términos:

Período de cobranza en período voluntario: del 1 julio al 31 octubre de 2024
— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana, de naturaleza rústica y de
características especiales 2024 (IBI).
— Impuesto de vehículos de tracción mecánica 2024 (IVTM).
— Impuesto de actividades económicas 2024 (IAE).
Los padrones anteriores estarán expuestos en el Ayuntamiento durante el mes anterior
a la fecha de inicio del período voluntario y los obligados tributarios podrán examinarlos
durante ese plazo y podrán presentar, si procede, contra las deudas tributarias que los mismos contienen el correspondiente recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante la alcaldesa-presidenta en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la
finalización del período de exposición pública, todo ello de conformidad con el artículo
14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales.
La información relativa a los datos de los padrones o matrículas, en aplicación del deber de confidencialidad de la información tributaria, solamente se facilitará al obligado tributario o su representante.
En cualquier caso, el Ayuntamiento garantizará la confidencialidad de los datos de carácter personal, protegidos por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección
de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, así como el carácter reservado
de los datos con trascendencia tributaria establecido en el artículo 95 de la Ley General Tributaria.
Se establecen las siguientes normas para hacer efectivo el pago, así como el Anuncio
de cobranza:
a) El plazo de pago en período voluntario será del 1 de julio al 31 de octubre de 2024.
b) Medios de pago: Los medios de pago serán los que figuren en el documento facilitado a tal efecto (artículo 34 del R.G.R). Con carácter general serán:
• Domiciliación bancaria: las órdenes de domiciliación deberán comunicarse con
una antelación de al menos dos meses antes del comienzo del período de cobro.
(artículo 25.2 y 38 del R.G.R.)
c) Lugares, días y horas de ingreso:
• Oficina de Caixabank de Lozoya o en cualquier oficina de Caixabank, entidad
colaboradora, en la cuenta restringida de recaudación.
• Oficina del Banco Santander de Rascafría o en cualquier oficina del Banco
Santander, entidad colaboradora, en la cuenta restringida de recaudación
• Oficina de Recaudación, en el propio Ayuntamiento, los días y en el horario habilitado al respecto. Se publicará mediante edicto los días y horas, con carácter
previo al inicio del período voluntario.

BOCM-20240429-84

Calendario fiscal de cobro ejercicio 2024