C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20240429-17)
Módulos asistencia jurídica gratuita –  Orden de 17 de abril de 2024, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se actualizan los módulos y las cuantías relativas a la subvención de los servicios de asistencia jurídica gratuita de la Comunidad de Madrid
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B.O.C.M. Núm. 101

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE ABRIL DE 2024

Pág. 83

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
ORDEN de 17 de abril de 2024, de la Consejería de Presidencia, Justicia y
Administración Local, por la que se actualizan los módulos y las cuantías relativas a la subvención de los servicios de asistencia jurídica gratuita de la
Comunidad de Madrid.

La Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita, regula, en su Capítulo V,
la subvención de los servicios de asistencia jurídica gratuita. En concreto, el artículo 37 de
la citada ley establece que las Administraciones Públicas competentes subvencionarán, con
cargo a sus dotaciones presupuestarias, la implantación y prestación de los servicios de asistencia jurídica gratuita por los Colegios de Abogados y Procuradores. Asimismo, el artículo 38 de esta norma señala que reglamentariamente se establecerá el sistema a través del
cual se subvencionará el coste de los servicios de asistencia jurídica gratuita.
En cumplimiento de lo dispuesto en la citada ley, el Decreto 86/2003, de 19 de junio,
por el que se regula la asistencia jurídica gratuita en el ámbito de la Comunidad de Madrid,
regula en su Capítulo V la subvención de los servicios de asistencia jurídica gratuita, señalando en su artículo 32 que la retribución de los abogados y procuradores designados de oficio se realizará conforme a las bases económicas y módulos de compensación fijados en el
Anexo II del citado Decreto. Por su parte, el artículo 32.2 habilita al titular de la Consejería competente en materia de Justicia para actualizar mediante orden los módulos y bases
recogidos en dicho Anexo.
Con el fin de mantener la actualización de cuantías que se había realizado en la
Ley 9/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para
el año 2019 (que fue prorrogada en los años 2020 y 2021), y también con el fin de actualizar
otras cuantías que habían quedado obsoletas ante los cambios introducidos en nuestro ordenamiento jurídico, en fecha 4 de marzo de 2022, se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID la Orden de 2 de marzo de 2022 del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se actualizan los módulos y las cuantías relativas a la subvención
de los servicios de asistencia jurídica gratuita de la Comunidad de Madrid. En el apartado 1
de la citada orden se detallaban los procedimientos y las cuantías asignadas a cada uno de
ellos. En este sentido, por un lado se consolidaban las cuantías que ya fueron objeto de actualización en la Disposición Adicional Decimoséptima de la Ley 9/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2019. Por otro lado,
ante la demanda de los colegios profesionales de abogados y de procuradores, se actualizaban otras cuantías que habían quedado obsoletas ante los cambios introducidos en nuestro
ordenamiento jurídico. Y, por último, se incluyeron dos baremos nuevos no previstos en el
Decreto 86/2003, de 19 de junio, esto último como consecuencia de las numerosas modificaciones introducidas en nuestro ordenamiento jurídico a lo largo de todos estos años.
Como consecuencia del Plan de Recuperación de la Justicia provocado por la huelga
que tuvo lugar durante el año 2023 en la Administración de Justicia, y ante la demanda de
los colegios profesionales de abogados y de procuradores, se hace necesaria una nueva orden de actualización de cuantías que incremente de forma lineal todos los baremos existentes con el fin de adaptarlos a los tiempos actuales, así como que introduzca una serie de procedimientos inexistentes en el momento de aprobación del anterior decreto y actualice, en
el apartado de Normas Generales, una serie de módulos, ejecución de títulos judiciales, salidas a centros de prisión y procedimientos de especial complejidad, que anteriormente solo
estaban contemplados para el ámbito penal y cuya aplicación es general a todas las jurisdicciones.
En virtud de lo anterior, la presente orden actualiza los módulos del Anexo II del Decreto 86/2003. Esta orden compete al titular de la Consejería de Presidencia, Justicia y
Administración Local del Gobierno en virtud de lo dispuesto en el Decreto 229/2023, de 6
de septiembre, del Consejo de Gobierno por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local.

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