D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240429-29)
Convenio –  Convenio de 13 de abril de 2024, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Algete para impulsar la tramitación de proyectos de inversiones a través de la Aceleradora de Inversiones de la Comunidad de Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 101

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
29

CONVENIO de 13 de abril de 2024, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Algete para impulsar la tramitación de proyectos de inversiones a
través de la Aceleradora de Inversiones de la Comunidad de Madrid.
REUNIDOS

De una parte, el Ilmo. Sr. D. Daniel Rodríguez Asensio, Viceconsejero de Economía
y Empleo, según nombramiento efectuado por Decreto 91/2023, de 5 de julio, del Consejo
de Gobierno, y en el ejercicio de las competencias recogidas en la Orden de 3 de diciembre
de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, en relación con el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, el Ilmo. Sr. D. Fernando Romo Raposo en su calidad de Alcalde del
Excmo. Ayuntamiento de Algete, en adelante Ayuntamiento, actuando en cumplimiento de
las facultades que le otorga el artículo 21.1 apartado b), de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases del Régimen Local, las cuales le han sido encomendadas a tenor de su elección en sesión constitutiva celebrada por el Pleno del Ayuntamiento el día 17 de junio 2023.
Reconociéndose recíprocamente la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del
presente convenio, en uso de las competencias que ambas partes tienen otorgadas,
EXPONEN
Primero
La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo,
de conformidad con lo dispuesto por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, por la que
se aprueba su Estatuto de Autonomía, tiene atribuidas competencias exclusivas, entre otras
materias, de fomento del desarrollo económico dentro de los objetivos de la política económica nacional y de ordenación y planificación de la actividad económica regional, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actividad económica general y la política monetaria
del Estado.
Entre los objetivos del gobierno regional de la Comunidad de Madrid se encuentra la
adopción y el desarrollo de políticas que dinamicen la economía, mejoren la regulación y
el clima de negocios y favorezcan el desarrollo de nuevos proyectos de inversión tanto nacionales como extranjeros.

El Ayuntamiento de Algete tiene atribuidas competencias en materia de urbanismo de
conformidad con el artículo del 25.2.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases de Régimen Local, así como la potestad de autoorganización y gestión de sus respectivos intereses de acuerdo con lo recogido en el artículo 4 del citado cuerpo legal.
El ejercicio de la competencia de urbanismo se considera como un elemento esencial
para la implantación de las infraestructuras del proyecto de inversión.
Además, la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de
Madrid, reconoce en su título V las relaciones interadministrativas, haciendo especial referencia a este tipo de convenios en su artículo 135, facultando así a los Ayuntamientos a su
celebración.
Tercero
Ambas administraciones públicas comparten como objetivos la atracción de proyectos
de inversión que generen empleo y dinamicen la actividad económica y consideran que la

BOCM-20240429-29

Segundo