Leganés (BOCM-20240426-66)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 99

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
66

LEGANÉS
RÉGIMEN ECONÓMICO

Extracto del acuerdo de aprobación de la convocatoria de subvenciones a asociaciones
y entidades sin ánimo de lucro del Ayuntamiento de Leganés para el 2024, aprobadas en
Junta de Gobierno Local el 23 de abril de 2024.
Estas subvenciones se convocan para promover la participación ciudadana en municipio de Leganés, año 2024.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http:www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/index ):
Primero. Objeto.—La presente convocatoria para el año 2024, se crea en régimen de
concurrencia competitiva para subvenciones a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro
que desarrollen proyectos cuyo objeto sea promover y dinamizar la participación ciudadana en cada una de las Áreas y Juntas de Distrito del municipio: Cooperación, Cultura, Cultura-UPL, Deportes, Discapacidad, Educación, Empleo, Festejos, Igualdad, Infancia, Junta
Municipal de Distrito La Fortuna, Junta Municipal de Distrito San Nicasio, Juventud, Medio Ambiente-Sostenibilidad, Participación Ciudadana, Salud y Servicios Sociales que será
publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, su íntegra publicación
en la BDNS y la página web municipal ( www.leganes.org ).
Segundo. Beneficiarias: asociaciones y entidades sin ánimo de lucro.—Los proyectos
deberán ser ejecutados por asociaciones y entidades sin ánimo de lucro en aras del interés
social que desarrollen sus programas en el municipio de Leganés, pudiendo optar a esta
convocatoria de subvenciones:
— Las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que estén dadas de alta en el Registro Municipal de Asociaciones de Leganés y que dicha inscripción se encuentre actualizada en el momento de solicitar las subvenciones.
— Tener entre sus fines la realización de proyectos o actividades relacionadas con las
diferente Delegaciones, Áreas y Juntas de Distritos a las que va a solicitar subvención. Así como disponer de los medios y capacidad suficientes para realizar los
proyectos objeto de la presente subvención y garantizar el cumplimiento de los
objetivos previstos en los mismos.
— Que la asociación se encuentra al corriente de sus obligaciones frente a la Seguridad Social y de sus obligaciones tributarias con la AEAT y Local.
Tercero. Bases reguladoras.—Las bases reguladoras se aprobaron en la Junta de Gobierno Local de 2 de abril de 2024 y publicadas en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, número 84, página 122, de 9 de abril de 2024.
Las bases que regulan las subvenciones del Ayuntamiento de Leganés para el presente ejercicio estarán a disposición de los interesados en los centros de información y registro municipal, Delegación de Participación Ciudadana, página web municipal y en la sede
electrónica.
— https://sede.leganes.org/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=TABLON#
Cuarto. Cuantía.—La cuantía total máxima de las ayudas a otorgar es 1.357.221,00
euros (un millón trescientos cincuenta y siete mil doscientos veintiuno euros), en concepto
de subvenciones con cargo a los créditos disponibles y retenidas en las aplicaciones presupuestarias del presupuesto ordinario de gastos para el ejercicio 2024.

BOCM-20240426-66

BDNS: 756434