Alcobendas (BOCM-20240426-49)
Ofertas de empleo. Proceso selectivo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 99

Lista definitiva de personas aspirantes excluidas
Ninguna.
Composición del Tribunal de Selección

BOCM-20240426-49

Presidente:
Titular: María Elena Hidalgo García.
Suplente 1: Celia Catalina Montero.
Suplente 2: María Jesús de Diego Cerezo.
Vocales:
1.o Vocal:
Titular: María Isabel Sánchez Castro.
Suplente: Francisco José Fulgueiras Ortiz.
2.o Vocal:
Titular: Raquel Ferrer Nilsson.
Suplente: Luis García Ojeda.
3.o Vocal:
Titular: Adoración Orpez Lafuente.
Suplente: Francisco Ramón Robles Vaquero.
Secretario:
Titular: Federico Gallardo Ortiz.
Suplente: Angelina Peñas Esteban.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, y conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPCAP), y 8, 10 y 46 y demás
concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra dicha resolución, podrán interponerse los siguientes recursos:
— Recurso potestativo de reposición ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de
un mes a contar desde el día siguiente al de publicación del mismo en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, o recurso contencioso-administrativo
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos
meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
— Contra la desestimación presunta del recurso de reposición, y en el plazo de seis
meses a partir del día siguiente al cumplimiento del plazo de un mes que tiene el
Ayuntamiento para la resolución y notificación del referido recurso de reposición,
recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid.
Podrá, asimismo, interponer cualquier otro recurso que estime pertinente y
que convenga a sus intereses, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del
recurso extraordinario de revisión a que se refieren los artículos 125 y 126 de la
Ley 39/2015 (LPACAP).
Alcobendas, a 24 de abril de 2024.—La alcaldesa-presidenta, Rocío García Alcántara.
(01/6.405/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791