D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240425-59)
Convenio –  Convenio de 8 de abril de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y Plena Inclusión Madrid, en materia de igualdad y no discriminación de las personas LGTBI con discapacidad intelectual o del desarrollo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 98

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE ABRIL DE 2024

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procedido al cumplimiento de las estipulaciones, la parte requirente notificará a la otra la
resolución del convenio.
En cualquier caso, las partes se comprometen a finalizar las acciones que estén en curso de ejecución en el momento en que cause efecto la resolución del convenio.
La Comisión de Seguimiento continuará en funciones y será la encargada de resolver
las cuestiones que pudieran plantearse en relación con las actuaciones en curso o derivadas
del convenio y, asimismo, para el caso de producirse la extinción, hasta que se resuelvan
las cuestiones pendientes.
Duodécima
Naturaleza y resolución de controversias
Este convenio de colaboración tiene naturaleza administrativa, no siéndole de aplicación la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (“Boletín Oficial
del Estado” de 9 de noviembre), en virtud de lo dispuesto en los artículos 6.1 y 6.2, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 4, sobre la aplicación de los principios de la citada Ley
para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, quedando sometido al régimen
jurídico de convenios previsto en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Las discrepancias surgidas sobre la interpretación, desarrollo, modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente convenio, deberán de
solventarse de mutuo acuerdo entre las partes a través de la Comisión Mixta de Seguimiento regulada en el mismo. Si no se llegara a un acuerdo, las cuestiones litigiosas serán de
conocimiento y competencia del orden jurisdiccional Contencioso-Administrativo.
Decimotercera

Las partes se comprometen a cumplir con la legislación vigente en materia de protección de datos y cada una de las partes asumirá la responsabilidad en que, por este concepto, pueda incurrir.
En particular, si la colaboración objeto del presente convenio implicase el tratamiento
de datos personales, las partes declaran expresamente que conocen y quedan obligadas a
cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio.
Especialmente, las partes se comprometen al cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el deber de información a los titulares de los datos personales, con el deber de
confidencialidad, con las medidas de seguridad, y con la notificación de brechas de seguridad que pudieran producirse, así como al cumplimiento de las que se contengan en el correspondiente acuerdo de encargo de tratamiento a firmar entre el responsable del tratamiento y el encargado del mismo, si lo hubiera.
Estas obligaciones deberán ser conocidas por todos aquellos que pudieran participar
en las actuaciones derivadas del presente convenio, comprometiéndose las partes a informar a los mismos.
Se informa a las personas físicas firmantes, y aquellas cuyos datos resulten necesarios
gestionar para llevar a buen fin el presente Convenio, que sus datos serán tratados conforme la normativa vigente por la Dirección General de Igualdad de la Consejería de Familia,
Juventud y Asuntos Sociales, en la actividad de tratamiento “Convenios Administrativos”.
Para ejercer sus derechos, podrán dirigirse a la Dirección General de Igualdad de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales mediante una solicitud firmada, presentada
ante el Registro correspondiente, o bien contactar al delegado de protección de datos en
protecciondatos-psociales@madrid.org
Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma el presente
convenio de colaboración, siendo la fecha de formalización del mismo la correspondiente
a la de la firma de la Comunidad de Madrid.

BOCM-20240425-59

Protección de datos de carácter personal